Periodo de prueba inferior a 03 meses

¿ Puede el empleador y el trabajador pactar un periodo de prueba que sea inferior a los 03 meses que estipula la ley?

Si es posible.
Para dicho fin deberá redactarse un convenio en el cual ambas partes dejen constancia de dicho acuerdo .

No es necesario ponerlo en conocimiento del Ministerio de trabajo

¿ En que beneficia dicho acuerdo a las partes?
En suma el mas beneficiado es el trabajador , pues cumplido el periodo de prueba por la duración acordada y continua laborando , adquiere la protección contra el despido incausado.

Es decir solo podrá ser cesado por algún motivo indicado en la ley.

¿ Es indispensable firmar dicho convenio?
Si.
Para evitar en el futuro posibles  malas interpretaciones de parte del empleador por ejemplo.

Manual laboral : El periodo de prueba

En toda relación laboral es normal aplicar el periodo de prueba al nuevo trabajador.

En ocasiones algunos empleadores se han hecho están interrogantes :

¿ Esto obligado a someter a prueba al trabajador?

¿ Existen trabajadores que no pueden ser sometidos al periodo de prueba?

¿ Se pueder realmente cesar al trabajador en periodo de prueba sin motivo legalmente valido?

Actualizato 2017

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