Fuente : Corte Suprema
Sentencia en Casación Nº 1315-2016-Lima,
¿ Que dice esta sentencia?
Esta sentencia reafirma que los beneficios previstos en un convenio colectivo suscrito por un sindicato minoritario solo alcanza a sus ailiados, quedando excluidos los trabajadores que no se encuentren adheridos.
La razón de esta decisión: La representatividad
Un convenio colectivo celebrado por un sindicato minoritario no podrá extenderse a los trabajadores no ailiados, al carecer de representatividad suiciente.
En consecuencia, solo opera la extensión de beneicios cuando el sindicato agrupa a la mayoría absoluta de los trabajadores del ámbito.
De lo contrario, lo único que se alentaría sería la desafiliación a un sindicato, pues los trabajadores igual seguirían gozando de los beneicios pactados.
Un caso practico
En una empresa con 150 trabajadores existe un sindicato unico de trabajadores que en la actualidad reune a 20 afiliados .
En fecha reciente han celebrado su primer pacto colectivo , por el cual han logrado que la empresa les incremente su remuneración diaria de S/ 50.00 a S/ 51.00 . ( Un incremento diario de S/1.00)
Los 130 trabajadores que no estan afiliados a dicha organización , estan reclamando al area de Recursos Humanos que aplique dicho incremento , tambien en sus respectivas remuneraciones.
¿ Que debe hacer el area de recursos humanos?
En principio , los trabajadores no tienen por que conocer la legislación laboral colectiva . Por lo tanto el area de recursos humanos debera informar adecuadamente sobre la limitación en la aplicación de dicho convenio. Se dice " en forma adecuada " pues de lo contrario se haria que el sindicato empiece a recibir mas afiliados .
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