Pago de gratificación por Navidad proporcional a meses completos laborados

Un trabajador que ha ingresado a laborar el 05 agosto del presente. año en concordancia con lo dispuesto en el D.S. 017-2002-TR hemos calculado el pago de su gratificación considerando desde el mes de Setiembre pues la norma nos indica que los cálculos son por meses completos y no por días como sucede con el mes de agosto que tendría 25 días y no seria motivo de pago esta fracción.
¿ Es correcto esa afirmación?



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Si.

Por lo dispuesto en el D.S. 017-2002-TR , solo se consideran meses completos.

¿ Como calcular ?
Calcule solo por meses completos.
De Setiembre, octubre , noviembre y el proyectado de diciembre

Tendria 04 meses
Calcule el pago proporcional

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