En una empresa , la Gerencia decide asumir el pago del impuesto a la renta por quinta categoría de un trabajador dirección.
Surge una duda : ¿ El impuesto a la renta por quinta categoría asumido por el empleador es considerado como remuneración ?
Si.
El monto del impuesto a la renta de quinta
categoría asumido por el empleador
resulta siendo un beneficio económico para el trabajador puesto que a
este ya no se le tendrá que retener un porcentaje de su remuneración afectos de
ser entregado a la Sunat .
Es decir , el trabajador por impuesto a la renta no se le retendrá el monto establecido por ley.
Sino , la empresa aportara de sus propios recursos el monto equivalente .
Entonces ...
Ello genera que el impuesto asumido por el
empleador se traduzca en una ventaja patrimonial para el trabajador , y por lo tanto dicho
monto constituye un concepto remunerativo.
Base legal : CAS Nro 1075-2008-Lima
STC Exp . Nro 01734-06-BE
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