El tiempo de uso del lactario no es remunerado




¿ Es remunerado el tiempo que usa la madre trabajadora en el lactario ?

Para recordar :

Desde el pasado 16 de junio 2016, los empleadores que cuenten con 20 o más trabajadoras en edad fértil, están obligados a implementar un lactario; esto es, un ambiente que cuente con las propiedades idóneas para que las empleadas puedan extraer y conservar la leche materna.

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Según la ley, las trabajadoras podrán usar el lactario durante, al menos, una hora al día, dentro de su horario de labores y por los primeros dos años del menor.


El uso del lactario por la madre trabajadora no es remunerado
¿ Por que esa conclusión?
Ni la Ley y su reglamento han establecido expresamente que el tiempo de uso del lactario sea remunerado.

¿ Pero es "obvio" que debe ser remunerado ... no?
El derecho al reconocimiento salarial de este lapso no se puede presumir.

¿ Que consecuencias trae el uso del lactario a la madre trabajadora?
Los lapsos de inactividad del trabajador no ocasionan el pago de la remuneración, salvo que las normas así lo señalen.


Así, el uso del lactario acarrea el descuento correspondiente en la retribución mensual.

La disminución puede alcanzar hasta un octavo de la remuneración, lo que es una cantidad nada desdeñable, más si la trabajadora cuenta con un haber mensual cercano a la remuneración mínima.

Algo de historia : La hora de lactancia materna
Una situación muy similar se planteó cuando se re introdujo en nuestro ordenamiento legal la hora de lactancia.

La Ley N° 27240 olvidó mencionar que la hora de lactancia se debía considerar remunerada.

Tuvo que pasar más de un año para que, mediante la Ley N° 27403, se corrija el despropósito.

Lo que sigue
¿ Que hacer entonces?
Tal como está actualmente planteado, nos encontramos ante un beneficio en los textos, pero poco significativo en la práctica.

Según lo señalado actualmente el uso del lactario es mínimo.

Cualquier aclaración respecto al carácter remunerativo del uso del lactario se debe originar en una ley, no siendo el decreto, y menos una Fe de Erratas, la vía apropiada

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