Obligación de implementar Lactarios en la empresa

Implementación del lactario
¿Cuál es el plazo de implementación?

 
Manual implementación lactarios
Ver indice aqui
 El plazo para la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y privado es de noventa (90) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto Supremo 001-2016-MIMP en el diario oficial “El Peruano”.
Base legal : D.S. 001-2016-MIMP, articulo 18

Dicha norma fue publicada el 09 de Febrero 2016.
Los noventas días hábiles contados a partir del 10 de Febrero 2016 será hasta el 16 de Junio 2016

¿Qué entidades están obligadas a implementar un lactario?
Los centros de trabajo del sector público y del sector privado, donde laboren veinte (20) o más mujeres en edad fértil deben contar con un lactario.
Base legal: D.S. 001-2016-MIMP , articulo 1

Curiosidad
No deja de llamar la atención que la norma en mención considere como único requisito para la obligatoriedad del lactario, la existencia de un determinado número de trabajadoras, sin que sea de relevancia que se encuentren o no en estado de gestación.

Obligación legal
¿ Y en aquellas entidades o centros de trabajo con menos de 20 mujeres en edad fértil?
En los centros de trabajo con menos de veinte (20) mujeres en edad fértil, los empleadores podrán implementar lactarios en forma voluntaria.
Base legal : D.S. 001-2016-MIMP, articulo 4


Algo de historia :
La preocupación del Estado por la adecuada alimentación de los menores y particularmente por la promoción de la lactancia, encuentra antecedentes muy antiguos al interior de nuestro ordenamiento laboral.
Puede citarse a la Ley Nº 2851, publicada hace ya casi cien años, que creó la hora de lactancia y las salas-cuna en los centros de trabajo con al menos 25 trabajadoras.

Lic. Ricardo Candela Casas


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