¿ Es posible pagar la remuneración minima vital en especies?
En principio la remuneración minima vital debe pagarse en dinero .
Excepcionalmente puede comprender también pagos en especie “cuando así haya sido establecido por costumbre y el trabajador los acepte”.
Es posible otorgar bienes o servicios, siempre que consistan en contraprestaciones apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y redunden en beneficio de los mismos y que el valor que se le atribuya sea razonable y no mayor del 25% de la Remuneración Minima Vital.
Los alimentos crudos o preparados
Los alimentos crudos o por prepara y demás pagos en especie permitidos por la ley , que el empleador convenga con el trabajador a cuenta de su remuneración o como parte de ella , serán tenidas en cuenta para los fines de la determinación y pago de los sueldos y salarios mínimos vitales
La valorización se hará de acuerdo con los datos de la Dirección Nacional de Estadísticas y censos o servicios similares , siempre que consista en contraprestaciones apropiadas al uso personal del trabajador y a su familia y redunde en beneficio de los mismos y que el valor que se les atribuya sea justo y razonable y no mayor del 25 5 del sueldo o salario mínimo vital que se fije para la región.
Base legal : D.S. 007 , articulo 8
Lo que no debe olvidar :
a.- No se puede pagar el total de la remuneración minima vital en especies.
b.- Debe existir una aceptación del trabajador
c.- Las " especies " que pueden ser parte de pago deben estar relacionados al uso personal del trabajador y su familia , redundando en su beneficio.
Fuente : Manual remuneración minima Vital .. Lo que debe saber.
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