Horario de trabajo Implementación


¿ Quien establece el horario de trabajo?
El empleador tiene la facultad de establecer el horario de trabajo, esto es, determinar con claridad la hora de ingreso y de salida.

¿ Como se informa el trabajador del horario de trabajo existente en la empresa?
Para conocimiento de todos los trabajadores, debe publicarse de modo permanente y en el espacio físico donde se establezca el registro del control de asistencia creado por el Decreto Supremo N° 004-
2006-TR, un cartel que contiene el horario vigente en el centro de labores, la duración del tiempo de refrigerio y –de existir– el período de tolerancia al ingreso.

Algo de historia :Tal obligación no es novedosa en nuestro ordenamiento laboral, existe con leves cambios desde el año 1936.

Infracción laboral
De acuerdo con las normas que regulan la función inspectiva, incurre en una infracción leve en materia de relaciones laborales, el empleador que no exponga el horario de trabajo aplicable en un lugar visible de la empresa.

======================Blog legislación laboral peruana

Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí

===================

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas