Norma : R.M. 115-2015-TR
Publicado : 21/05/2015
==================
Se ha dispuesto la pre publicación en el portal del MTPE (www.trabajo.gob.pe) del proyecto normativo “Reglamento de la Ley 30036, Ley que regula el Teletrabajo .
Para recordar :
Por Ley 30036 ( Publicada el 05/06/2013 ) se dicto las normas sobre esta modalidad de trabajo.
Caracteristicas especiales de esta modalidad
El desempeño del trabajador se caracteriza por realizar las labores encomendadas sin presencia fisica en la empresa , utilizando las tecnologias de información y las telecomunicaciones ( TIC)
Blog legislación laboral peruana
Disponen la pre publicación del proyecto normativo “Reglamento de la Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo” en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2015-TR
Lima, 19 de mayo de 2015
VISTOS: El Oficio N° 989-2015-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe N° 633-2015- MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante decreto supremo, tiene a su cargo la reglamentación de la referida ley;
Que, según lo señalado en el oficio de vistos, la Dirección General de Trabajo, en coordinación con la Oficina General de Asesoría Jurídica, elaboró el texto final del mencionado reglamento;
Que, el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009- JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, conforme a lo señalado en los documentos de vistos y en base a lo dispuesto en la norma citada en el considerando precedente, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el proyecto normativo “Reglamento de la Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo” con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo;
Con las visaciones del Viceministerio de Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la Oficina General de Estadísticas y Tecnologías de la Información efectúe la pre publicación del proyecto normativo: “REGLAMENTO DE LA LEY N° 30036, LEY QUE REGULA EL TELETRABAJO” en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (http://www.trabajo. gob.pe) a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de empleadores y trabajadores o sus respectivas organizaciones; de entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones, éstas se remitan a los correos electrónicos siguientes: vsarzo@ trabajo.gob.pe o mpinedo@trabajo.gob.pe.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Trabajo recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.
Ver aquí : Texto proyecto reglamento Ley del Teletrabajo
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas