Aprueban Directiva Nro 004-2015-SUNAFIL/INII : Uso del formato único para remitir los resultados de las inspecciones del trabajo
Norma : Res 083-2015-SUNAFIL
Publicado : 14/05/2015
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Inspecciones del Trabajo : Difusión de resultados
Uso del formato único para remitir los resultados de las inspecciones del trabajo
Para precisar :
La Sexta Disposición Final y Transitoria de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, establece que el resultado de las inspecciones del trabajo tiene naturaleza pública, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo está facultado para difundir las mismas. Mediante norma aprobada por resolución ministerial establecerá los medios de difusión, los supuestos de excepción, los órganos competentes, entre otras.
La Resolución Ministerial N° 396-2008-TR, modificada por la Resolución Ministerial N° 343-2009- TR, Reglamento para la Difusión de los Resultados de las Inspecciones del Trabajo, establece que son objeto de difusión los resultados de las inspecciones del trabajo que culminan con resolución administrativa firme en sede administrativa, que declara un incumplimiento normativo respecto de alguna materia atribuida por ley al Sistema de Inspección del Trabajo
La Dirección Nacional de Inspección del Trabajo es el órgano responsable de la difusión de los
resultados de las inspecciones del trabajo en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (http://www.mintra.gob.pe).
¿ Que dice la Res 083-2015-SUNAFIL?
Se establece un formato único para remitir los resultados de las inspecciones del trabajo.
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