Observacion del deposito compensacion tiempo de servicios

¿ En que casos el trabajador puede observar el monto deposito por compensación tiempo de servicios?


 
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Compensacion tiempo de servicios

En caso que el trabajador no encontrare conforme la liquidación efectuada por el empleador, el trabajador podrá observarla por escrito.
 
¿ Que debe hacer el empleador ante esta observación del trabajador?
El empleador debera proceder a su revisión .
 
¿ Existe algún plazo limite para realizar esta revisión?
Existe un plazo máximo .
Este es de  tres días útiles de recibida la observación.
 
¿ El empleador debe comunicar al trabajador el resultado de su revisión?
Si , el empleador debe  comunicar el resultado por escrito al trabajador.
 
Esto a traves del documento respectivo.
 
¿ Y si el trabajador no esta conforme con dicha respuesta ?

Si éste no lo encontrare conforme podrá recurrir a la Autoridad Inspectiva de Trabajo.

Base legal :
TUO D.Leg 650 : (D.S. 001-97-TR) , articulo 30
 
Lic. Ricardo Candela Casas
Blog legislación laboral peruana

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