Los empleadores de la actividad privada tienen plazo hasta el 30 de Abril para comunicar a las entidades financieras la relación de los trabajadores con derecho a la compensación por tiempo de servicios indicando el importe de las seis últimas remuneraciones pagadas a cada uno de ellos.
Base legal : Ley 29352
Importante : Esta obligación no es aplicable al regimen laboral de construcción civil y de trabajadores del Hogar.
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Usted debe recordar :
La CTS depositada en los bancos y demás entidades financieras es intangible e intocable hasta por un monto equivalente a seis sueldos de cada trabajador
La CTS depositada en los bancos y demás entidades financieras es intangible e intocable hasta por un monto equivalente a seis sueldos de cada trabajador
Si los trabajadores tienen más de una cuenta de CTS , en bancos distintos , depositada por distintos empleadores , el límite de los seis sueldos se calcula en forma independiente.
===================Las remuneraciones que deben comunicar los empleadores a los bancos son los que correspondan al 30 de Abril de cada año.
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El trabajador puede que no tenga el semestre completo laborado o no haya percibido remuneraciones durante todo el semestre, lo cual puede deberse a distintas circunstancias, tales como:
– Que el trabajador hay ingresado a laborar entre noviembre y abril.
– Que haya estado de licencia sin goce de haber.
– Que haya sido suspendido disciplinariamente.
– Que haya estado con incapacidad para el trabajo.
– Que haya estado en descanso pre y post natal.
Incumplimiento
Los empleadores que no comuniquen las remuneraciones de sus trabajadores a las entidades depositarias incurren en infraccion laboral ( naturaleza leve ) .Base legal D.S. 012-2013-TR
Información al depositario de las remuneraciones brutas al 30 de Abril
Lima ..... del .................. de 20.....
– …(junio)..…......... : S/………………
– …(julio)……..…... : S/………………
– …(agosto)……..... : S/………………
– …(setiembre)….... : S/………………
– …(octubre)………: S/………………
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Representante legal de la empresa============================================
Manual practico : Compensación por tiempo de servicios 2015
Resumen contenido :
1.- Titulares del beneficio
2.- Tiempo de servicios considerado en el calculo
3.- Remuneración considerada en el calculo
4.- Formula de calculo CTS 2014
5.- Deposito de la compensación tiempo de servicios
6.- Retiros autorizados de la CTS , y sus limites
7.- Al termino de la relación laboral
8.- Regimenes especiales y la CTS : Construcción civil , microempresa , pequeña empresa , trabajador agrario , trabajador del hogar.
Anexos
a.- Formatos mas utilizados en la CTS
b.- Casos practicos CTS
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Costo del documento : Manual compensación tiempo de servicios :
S/ 58.00
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Procedimiento de pago: | ||||
1.- Deposite el importe en cuenta del BANCO DE CREDITO DEL PERU
Cuenta : Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78 Titular : Ricardo Candela Casas código Interbancario : 00219410454447607893 También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).
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2.- Una vez efectuado el pago, se debe escanear el Boucher y enviarlo por email a : conrcc@gmail.com con Asunto: compra manual CTS
Forma de entrega : Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación Debe llamar al 999062932 para informar del pago realizado En 05 minutos se remite el documento solicitado anexado a su correo electrónico. El cual puede descargar las veces que desee e imprimirlo. Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al telefono 999062932
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