D.S. 002-2015-EF

Disponen reajuste de pensiones percibidas por pensionistas del régimen del D.L. 20530 , de acuerdo a las disposiciones de la Ley 28449 y Ley 28789 y autorizan transferencia de partidas
Norma : D.S. 002-2015-EF
Publicado : 10/01/2015
Vigencia  : 11/01/2015

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Reajuste a partir de enero 2015 , para los beneficiarios de pensiones D.L. 20530 , que hayan cumplido 65 años o mas de edad al 31 diciembre 2014 , cuyo valor anualizado no exceda de 28 UIT
El monto de dicho reajuste ascenderá  a S/ 30.00 .

Limite del reajuste
En ningún caso el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste ( que se define como la suma de las pensiones reajustadas , pensiones adicionales , gratificaciones o aguinaldos , bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto que sea puesto a disposición del pensionista en el año 2015 ) , podrá superara el tope de 28 UIT anuales.


Regularización
En caso de percibirse mas de una pensión , el reajuste se hará sobre la pensión de mayor monto.
Las entidades que al 11/01/2015 hayan pagado pensiones por el año 2015 , regularizaran el abono del reajuste , en el pago correspondiente al mes siguiente.

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