¿ El comité de seguridad y salud en el trabajo puede reunirse en día feriado ?
Un representante titular en el comité de seguridad y salud en el trabajo debe asistir a reuniones de dicho comité en su día de descanso
Pregunta : ¿ Se debe compensar dicha asistencia con licencia con goce de haber ?
Para recordar :
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se reúne en forma ordinaria una vez por mes, en
día previamente fijado.
En forma extraordinaria, el Comité se reúne a convocatoria de su Presidente, a solicitud de al
menos dos (2) de sus miembros, o en caso de ocurrir un accidente mortal.
Base legal: D.S. 005-2012-TR , articulo 68
Momento de la reunión del Comité de Seguridad y salud en el trabajo
Si los miembros del Comité han acordado realizar las reuniones en fechas en las cuales uno de sus miembros esta de su día de descanso , esto no obligara a la empresa a otorgarle licencia por que no gozo su día libre .
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