Construcción civil convenio colectivo periodo 2014-2015
Se firmo el acta final que acuerda el convenio colectivo por el periodo 2014-2015
esto fue el 24 de Julio 2014
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Nuevos salarios básicos diarios
A partir del 01 de Junio 2014 hasta el 31 de Mayo 2015 el salario diario básico por categoría es :
Oficial : S/ 46.50
Operario : S/ 55.60
Peón : S/ 41.50
Jornada de trabajo : tiempo perdido
El tiempo perdido durante la jornada de trabajo motivado por
caso fortuito ( obra de la naturaleza)
fuerza mayor ( originado por el hombre)
o cualquier otra circunstancia no imputable a los trabajadores , no afectara las remuneraciones y demás condiciones de trabajo .
El empleador reconocerá como tiempo laborado la referida suspensión de la jornada laboral .
Póliza de seguro essalud+ vida
Se acuerda en contratar la póliza de seguro essalud mas vida , adicional al seguro complementario de trabajo de riesgo ( SCTR).
Condición : El costo de obra presupuestada sea mayor a 50 UIT
Bonificación por altitud
Los trabajadores que habitualmente residen en ciudades de la costa para que presten servicios en obras o centros de trabajos ubicados a partir de los 3,000 metros sobre el nivel del mar, recibirán una bonificación por altitud .
No será computable para el cálculo de beneficios sociales, gratificaciones, de la indemnización por tiempo de servicios ni de vacaciones
Valor de la bonificación por altitud
Convenio 2013-2014 : valor s/ 1.00 por día laborado
Convenio 2014-2015 : valor S/ 1.80 por día laborado
Feriado laborado
El trabajador que labore en día feriado se pagara una asignación especial
10 % Bonificación unificada de la construcción ( BUC)
10 % Bonificación por alta especialización ( BAE) a la ocupación que corresponda.
No es computable para el calculo de la indemnización por tiempo de servicios , gratificaciones , vacaciones ni beneficios sociales
Feriados considerados :
Año nuevo - 1 de Enero
Viernes santo
Día del trabajo - 1 de Mayo
Fiestas patrias - Solo el 28 de Julio
Día del trabajador construcción civil -25 de Octubre
Navidad - 25 Diciembre
Seguridad y salud en el trabajo
obligaciones el empleador
a.- Entregar los equipos de protección individual para el desempeño de las labores.
b.- Informar las medidas de prevención inherentes al puesto desempeñado .
c.- Para zonas donde la intensidad del calor y exposición a radiación solar , el empleador deberá organizar el trabajo , coordinar las tareas y adecuar el horario , de forma tal que se reduzca el tiempo de exposición a dichos elementos.
Obligaciones del trabajador
a,- Cumplir con las medidas de prevención adoptados por el centro de trabajo
b.- velar por su propia seguridad y salud así como de otras personas a las que pueda afectar su actividad laboral , a causa de sus acciones y omisiones. Esto a través de :
- Uso correcto implementos de seguridad
- Informar de los riesgos existentes
- Cooperar con el empleador en la adopción de las medidas de seguridad.
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