Acta final convenio colectivo construcción ciivl 2014-2015


Expediente Nro . 079-2014-MTPE/2.14.


Documento firmado : 24/07/2014
Vigencia : Desde el 01/06/2014 al 31/05/2015
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Lo nuevo:
Jornada de trabajo : tiempo perdido
Póliza seguro Essalud + vida
Asignación especial por Feriado laborado
Incidencia en Seguridad y salud en el trabajo


Modificación:
Bonificación por altitud
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En Lima , a los diecisiete días del mes de Julio del año dos mil catorce ,siendo las 11.00 horas se reunieron en local institucional de la Cámara Peruana de la Construcción-CAPECO , sito en Vía Principal 155 , Edificio Real III Of. 402 , Centro Empresarial Real , San Isidro , de una parte en representación de la Cámara Peruana de la Construcción-CAPECO ; los señores

Jesús Elías Martin Plaza Parra Morzan con DNI Nro 08796479 , Carlos Jaimes Davila con DNI Nro. 08352261 , Victor Del Solar Laynes con DNI Nro 06025593 y Pompeyo Mejía Salas con DNI Nro. 08550349 ;de la otra parte los Señores integrantes de la Comisión Negociadora de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú-FTCCP , los señores (..) , con el objeto de dejar constancia de los acuerdos correspondientes a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad en Construcción Civil del año 2014-2015 , que corre en el Expediente Nro. 079-2014-MTPE/2.14, dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Ley Nro. 25593-Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo , aprobado por Decreto Supremo Nro. 010-2003-TR y su Reglamento Decreto Supremo Nro. 011-92-TR , de acuerdo al siguiente resultado :



I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES :
Primero : Las partes acuerdan que, a partir del 1 de Junio del 2014 , los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional , recibirán un aumento general sobre su Jornal Básico diario , según las siguientes categorías :

Operario S/ 3.50 nuevos soles

Oficial S/ 2.40 nuevos soles

Peón S/ 2.10 nuevos soles

II.- CONDICIONES DE TRABAJO:
 
SEGURO DE VIDA:
Segundo.- Los empleadores convienen en hacer extensiva la contratación a favor de sus trabajadores de la POLIZA DE SEGURO ESSALUD+ VIDA , adicional al seguro complementario por trabajo de riesgo ( SCTR) , cuando el costo de la obra presupuestada sea mayor a 50 Unidades Impositivas Tributarias ( UIT).
 
BONIFICACION POR ALTITUD:
 
Tercero .- Los empleadores convienen en elevar el monto de la bonificación por altitud de S/1.00 a S/ 1.80 por día laborado , a todos los trabajadores que presten servicios en obras o centros de trabajo ubicados a partir de los tres mil metros sobre el nivel del mar.

Esta bonificación será entregada en tanto se mantenga la citada condición de trabajo , y no será computable para el cálculo de la indemnización por tiempo de servicios , gratificaciones , vacaciones ni beneficios sociales.

 
 
PAGO POR TRABAJO EN FERIADOS
Cuarto .- Los empleadores acuerdan en otorgar a los trabajadores que laboren en días feriados una asignación especial equivalente al diez por ciento ( 10 % ) de la Bonificación Unificada de la Construcción ( BUC) y del diez por ciento ( 10 % ) de la Bonificación por Alta Especialización ( BAE) a la ocupación que corresponda.


Esta asignación Especial no será computable para el cálculo de la indemnización por tiempo de servicios , gratificaciones , vacaciones ni beneficios sociales.


Los feriados a los cuales es aplicable esta Asignación Especial , sin que sea aplicable a cualquier otro feriado local o regional , son los siguientes :
- Año Nuevo ( 01 de Enero )
- Viernes Santo
- Día del Trabajo ( 01 de Mayo)
- Fiestas Patrias ( 28 de Julio)
- Día de los trabajadores de Construcción Civil ( 25 de Octubre)
- Navidad del señor ( 25 de Diciembre)

 
CERTIFICACION DE COMPETENCIAS Y CAPACITACION

Quinto .-LA FTCCP y CAPECO , reconocen la importancia de la certificación de competencias y capacitación de los trabajadores en construcción civil , que otorga SENCICO en el marco de su competencia orgánica y funcional . Por tanto , ambas partes se comprometen en solicitar a dicha institución en forma conjunta y a través de sus directores representantes , que anualmente el 20 % del monto total recaudado por aportes de las empresa constructoras sea directamente destinado al Programa de Certificación Ocupacional y de Competencias


( COCO) ;y , que con cargo a los mismos aportes ,el subsidio en los cursos de capacitación de los trabajadores operativos de la construcción civil sea el equivalente al 90 % de su costo.

III.- OTROS PUNTOS :

VIGENCIA :
La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad , tiene la vigencia de un año , a partir del primero de junio del dos mil catorce , siendo de aplicación a todos los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional que laboren en obras de construcción civil públicas o privadas , con excepción de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nro. 727


REINTEGROS :
Una vez que el Instituto Nacional de Estadísticas e informática –INEI , fije los índices o porcentajes correspondientes , los trabajadores solicitaran a su principal el pago de los reintegros provenientes de la presente negociación colectiva.

 
NATURALEZA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS :

Las partes convienen en que los acuerdos adoptados ; Segundo , Tercero , Cuarto , Quinto y Sexto de la presente negociación colectiva tienen el carácter de permanente , de acuerdo a Ley y tendrán vigencia y validez mientras no sean modificadas por un nuevo convenio.


En todo caso , prevalecerán las mejores condiciones y remuneraciones , que tengan los trabajadores en construcción civil a nivel nacional , a la entrada en vigencia de la presente convención.
 
PROTECCION DE RIESGOS LABORALES
Las partes declaran que :

1.- Los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo , debiendo los empleadores garantizar la protección de todo el personal que le presta su servicio en todos los aspectos relacionados con la seguridad y salud .
 
2.- En cumplimiento del citado deber de prevención , los empleadores deberán adoptar las medidas de seguridad previstas en la normativa legal vigente . A tal efecto , entre otras acciones , los empleadores deberán :

a.- Entregar a sus trabajadores y trabajadoras los equipos de protección individual para el desempeño de las labores.

b.- Brindar a sus trabajadores y trabajadoras información inherente a su puesto de trabajo y de las medidas de prevención que deben adoptar durante el desarrollo de su labor.

c.- En los supuesto en que por la ubicación del centro de trabajo , se presenten temperaturas que puedan provocar situaciones de riesgo por la intensidad del calor y la exposición de los trabajadores/as a la radiación solar , los empleadores deberán organizar el trabajo , coordinar las tareas y adecuar el horario de trabajo , de forma que se reduzca el tiempo de exposición , disponiendo que aquellos trabajos que requieran más esfuerzo se ejecuten en las horas de menos radiación solar.
 
3.- Asimismo , corresponde a cada trabajador y trabajadora cumplir las medidas de prevención que en cada momento se adopten en el centro de trabajo , y velar por su propia seguridad y salud así como de otras personas a las que pueda afectar su actividad laboral , a causa de sus acciones y omisiones . En particular , deberán :

a.- Utilizar correctamente los medios y equipos de protección.

b.- Informar de inmediato a su superior o jefe directo , a los trabajadores y trabajadoras designados para realizar actividades de prevención o , en caso , al servicio de prevención , acerca de cualquier situación que , a su juicio , entrañe un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.

c.- Cooperar con los empleadores para que estos puedan adoptar las medidas de seguridad y salud en el centro de trabajo para cumplir con el desarrollo de sus labores.
 

APLICACIÓN DE LA NORMA
TIEMPO PERDIDO:
Las partes declaran que , de conformidad con las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado del D. Leg. Nro. 728- Ley de Productividad y Competitividad Laboral , aprobado por D.S. Nro 003-97-TR , su Reglamento y demás normas conexas y complementarias , el tiempo perdido , durante la jornada de trabajo , por caso fortuito , fuerza mayor o por cualquier otra circunstancia no imputable a los trabajadores , no afectara las remuneraciones y demás condiciones de trabajo de estos ; en consecuencia , los empleadores reconocerán como trabajo efectivo las referidas suspensiones de labor, en caso corresponda y luego que se siga el procedimiento que establecen las mencionadas normas.

DE LAS REPRESENTACION GREMIALES
El presente convenio colectivo por rama de actividad se celebra entre las organizaciones mayoritarias y representativas de las empresas y trabajadores en la actividad de construcción civil , siendo sus efectos generales para todos los trabajadores del citado ámbito a nivel nacional , durante su vigencia.


PUBLICACION DE LOS ACUERDOS :
 
Las partes convienen en solicitar , al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo , se de cumplimiento a la Resolución Ministerial Nro 314-2006-TR dé a conocer públicamente , mediante acto administrativo , los acuerdos adoptados en trato directo contenidos en el Convenio Colectivo 2013-2014 , suscrito entre CAPECO y la FTCCP . Para tal efecto deberá publicarse en el Diario Oficial "El Peruano" , el texto del Convenio adjunto a la Resolución correspondiente.


DECLARACION FINAL
Las partes declaran que de común acuerdo y en negociación directa , con sujeción a los Convenios Internacionales de la Organización Internacional del trabajo-OIT y la legislación nacional , han dado solución definitiva al Pliego Nacional de Reclamos a nivel de rama de actividad presentada por la Federación de Trabajadores en Construcción cibi del Perú-FTCCP correspondiente al periodo 2014-2015 , materia del expediente Nro. 079-2014-MTPE/2.14


Igualmente , declaran que rechazan los actos de violencia , vandalismo , extorsión e intimidación de toda clase que generen daños en las obras , sus bienes , activos , ingenieros , funcionarios , personal administrativo , trabajadores de las empresas y la comunidad donde se desarrollan las obras a nivel nacional.


Asimismo las partes reafirman su compromiso de respeto a la libertad de contratación , la productividad en las obras , la competitividad así como propiciar y coadyuvar con la seguridad del personal , equipos , materiales e instalaciones en las obras , preservando las paz laboral , evitando actos de violencia en ellas , emitiendo las directivas necesarias a sus afiliados.


Leída la presente Acta , las partes la suscriben en señal de conformidad , conviniendo en hacerla de conocimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo , para los fines legales correspondientes.


( Sigue firmas de representantes )

 


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a. - Tabla de jornales construcción civil 2013-2014
Relación de jornales y beneficios sociales de trabajadores construcción civil por categoría periodo
2014-2015
b- Modelo de planilla para el pago al cese del trabajador
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Construcción Civil


 
Breve resumen del Contenido



 



Formalidades :
Ante el ingreso del trabajador en construcción civil.
 
 
Durante la relación laboral en construcción civil.
Al termino del vínculo laboral en construcción civil.




1.- Aplicación del régimen laboral común a trabajadores de construcción civil
 
3.- Trabajadores comprendidos en el régimen laboral de Construcción civil.
(... )
Inscripción de los trabajadores en el registro nacional RETCC

7.-El Contrato de trabajo en construcción civil.
 
 
 
 
 
8..-Planillas de pago de construcción civil.
Planillas de construcción civil.
Boletas de pago en construcción civil.
Pago de remuneraciones a través de terceros en construcción civil.

Modelos boletas de pago en construcción civil


Remuneración Básica en construcción civil.
Jornal básico mínimo en construcción civil.
Horas extras en construcción civil.

Bonificaciones en construcción civil :
Bonificación unificada de construcción civil.

Bonificación por Alta Especialización BAE en construcción civil.
Bonificación por Alta Especialización para el topógrafo en construcción civil.
Pasajes en construcción civil.
Por contacto directo con agua en construcción civil.
Por altura en construcción civil.
Por Altitud en construcción civil.




Calculo
Ejemplos

Asignaciones en construcción civil :
Asignación por escolaridad en construcción civil.
Asignación por defunción o sepelio en construcción civil.


Calculo
Ejemplos



 
Descansos Remunerados en construcción civil.
Trabajo en día Feriados No Laborable en construcción civil.
Día del trabajador de construcción civil

Remuneración por día de descanso semanal en construcción civil.

Vacaciones en construcción civil.
Régimen Específico del sector construcción civil Vacaciones Truncas en construcción civil.



Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad en Construcción civil
Calculo
Ejemplos

Compensación por tiempo de servicios en construcción civil.
Calculo de la compensación por tiempo de servicios en construcción civil.
Ejemplos

Renta de quinta categoría
Trabajadores afectos al impuesto renta quinta categoría
Trabajadores no afectos al impuesto renta quinta categoría
¿ Como se calcula la renta de quinta categoría?

Liquidación beneficios al cese en construcción civil.
y mas ....

 
 
Incluye :
Cuadros ( conceptos afectos a impuestos a ingresos en construcción civil. ) ,
Tablas , casos prácticos en construcción civil ,

Normas legales relacionadas a construcción civil,
Texto convenio colectivo vigente en construcción civil.

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Manual régimen laboral construcción civil 2013-2014 en formato PDF

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Costo del Manual régimen laboral Construcción Civil :
S/ 58.00 ( Cincuentiocho nuevos soles ).
 
 

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Forma de pago :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
 


 
2.- Una vez efectuado el pago, se debe escanear el Boucher y enviarlo por email a : conrcc@gmail.com con Asunto: Manual Régimen laboral construcción civil .
3.- Llamar al 989827008  para informar del deposito realizado y escaneo del Boucher.
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Forma de entrega :
Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación

En 05 minutos se remite el documento solicitado anexado a su correo electrónico.
El cual puede descargar las veces que desee e imprimirlo.

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Moneda : SolesNumero : 194-04544476-0-78
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El código interbancario se utiliza para realizar transferencias entre cuentas de bancos distintos al de Banco de Crédito del Peru.

También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y establecimientos afiliados al Banco de crédito).


Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 989827008

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