Ley 30183

Ley que regula los requisitos para la inscripción y atención de los derechohabientes del titular del seguro de salud

Norma : Ley 30183
Publicado : 28/04/2014
Vigencia  : 29/04/2014

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¿ Que dice esta ley ?
Modifica los requisitos de inscripción y atención a los diversos servicios de seguridad social .
Por ejemplo los que presta el EsSalud , Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales , asi  como en las entidades prestadoras de salud - EPS

¿ Según la Ley 30183 quien puede solicitar la inscripción de los derechohabientes ?
Además del titular ( el trabajador ) , el mismo derechohabiente ( esposa o conviviente e hijos ) , el padre , madre , tutor o curador .

Documentos validos
¿ Según la Ley 30183 que documentos son validos para la inscripción o la atención del derechohabiente ?
Se menciona el acta de nacimiento  o el documento de identidad nacional o cualquier otro documento publico , según el caso , que demuestre el parentesco con el titular del derecho ( es decir del trabajador ).

Modificaciones en procedimientos y formularios
¿ Que deben hacer Essalud , las EPS y los servicios de sanidad , sobre estos puntos ?
Deben modificar sus procedimientos y formularios vigentes.

¿ Hasta cuando tienen plazo ?
Según la Ley 30183 , se les da un plazo de 30 días calendario ( hábiles y no hábiles ) para que realicen las modificaciones a sus procedimientos y a los formularios vigentes .

¿ Que sucedería si al termino de dicho plazo no se cumple con las modificaciones anotadas ?
La Ley 30183 , menciona un cargo de responsabilidad por el incumplimiento contra la entidad infractora.

Lic. Ricardo Candela Casas
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Texto Ley 30183
 


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

 
LEY QUE REGULA LOS REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS

DERECHOHABIENTES DEL TITULAR DEL SEGURO DE SALUD

 
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene la finalidad de modificar los requisitos para la inscripción y atención en el Seguro
Social de Salud (Essalud), en las Sanidades de las Fuerzas Armadas, en la Sanidad de la Policía Nacional
del Perú y en las entidades prestadoras de salud (EPS), de los derechohabientes del titular del seguro de salud.

 
Artículo 2. Requisitos para la inscripción o atención
La inscripción se realiza a solicitud del titular del seguro de salud o su derechohabiente, padre, madre,
tutor o curador.

 Para la inscripción y atención en los servicios de salud de los derechohabientes solo se presenta el acta
de nacimiento o el documento nacional de identidad o el documento público, según sea el caso, que acredita el
parentesco con el titular del seguro de salud.

 
Artículo 3. Adecuación de procedimientos y formularios para la inscripción
La adecuación de procedimientos y formularios del Seguro Social de Salud (Essalud), de las Sanidades de las
Fuerzas Armadas, de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú y de las entidades prestadoras de salud (EPS) debe Efectuarse en un plazo de treinta días calendario, contado a partir de la vigencia de la presente Ley, sin perjuicio de la responsabilidad que ocasione su incumplimiento.
(...)

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