Norma : R.M. 001-2014/MINSA
Publicado : 05/01/2014
Vigencia : 06/01/2014
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El problema de ¿ Quien debe vigilar la salud de los trabajadores en las empresas ?
Debido a la insuficiencia en el numero de médicos ocupacionales a nivel nacional , el Ministerio de Salud se ha visto forzado a modificar el criterio inicial .
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¿ Si no hay suficientes médicos ocupaciones , entonces quien debe vigilar la salud de los trabajadores en las empresas ?
Según la R.M. 001-2014/MINSA dicha función se encarga a un Medico Cirujano .
¿ Cualquier medico cirujano ?
No , este medico cirujano debe contar con ciertos requisitos , sobre todo de especialización en medicina del trabajo y experiencia en dicha actividad.
¿ Y cuales son dichos requisitos ?
Puede ser :
a.- Un medico Cirujano con segunda especializada en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente o Medicina del trabajo debidamente titulado , colegiado y habilitado por el Colegio Medico del Perú.
b.- Un medico Cirujano con Maestría en salud ocupacional o Maestría en salud ocupacional y ambiental o Maestría en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente , debidamente colegiado y habilitado por el Colegio Medico del Perú.
¿ Pero a la fecha existirá dichos médicos cirujanos con los requisitos señalados , no estamos en lo mismo ?
La norma indica que excepcionalmente por un plazo de 03 años , contados a partir de la publicación de la R.M. Nro. 312-2011/ MINSA ( Publicada el 25 Abril 2011) , los médicos cirujanos que no cuenten con los requisitos ya mencionados , deberán cumplir con otros menos exigentes .
¿ Y cuales son esos otros requisitos ?
a. Ser medico cirujano colegiado y habilitado por el Colegio medico del Perú , egresado de Maestría en salud ocupacional o maestría en salud ocupacional y ambiental o Maestría en Medicina Ocupacional y Medio Ambiental . Adicionalmente debe contar con mínimo un año de experiencia en Medicina del trabajo o salud ocupacional.
Nótese que solo se exige ser egresado y con una experiencia mínima.
b.-Medico cirujano colegiado y habilitado por el Colegio Medico del Perú , con diplomado en salud ocupacional ( con un mínimo de 36 créditos) , expedido por escuela o facultad de medicina o de ciencias de la salud , de Universidad Publica o Privada . Además de contar con un mínimo de 03 años de experiencia en Medicina del Trabajo o salud ocupacional.
Nótese que al ser un diplomado la experiencia mínima es mayor.
¿ Eso es todo ?
No adicionalmente , los médicos cirujanos que deseen dedicarse a la medicina del trabajo deberán aprobar un curso que incluya pruebas funcionales de salud ocupacional.
Dicho curso debe tener un mínimo de 48 horas de dictado y certificado por Universidad publica o privada con escuela o facultad de medicina o de ciencias de la salud o por el Instituto Nacional de Salud.
Algo mas que debe saber : Se desarrollara un perfil de competencias del medico ocupacional. ¿ Como recién ? .....
Si ... recién.
Lic. Ricardo Candela Casas
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