Modifican norma MYPE Ley 30056

Acompañamiento laboral de la MIPYME ( Antes Mype)

Las empresas acogidas al régimen de la micro empresa establecido en el Decreto Legislativo 1086, que aprueba la Ley de promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de la micro y pequeña empresa y del acceso al empleo decente, gozan de un tratamiento especial en la inspección del trabajo, en materia de sanciones y de la
fiscalización laboral, por el que ante la verificación de infracciones laborales leves detectadas deben contar con un plazo de subsanación dentro del procedimiento inspectivo y una actividad asesora que promueva la formalidad laboral.

Notese que el beneficio de perdon del incumplimiento laboral es solo para casos leves y solo para la MICROEMPRESA.

Este tratamiento no resulta aplicable en caso de reiterancia ni a las obligaciones laborales
sustantivas ni a aquellas relativas a la protección de derechos fundamentales laborales.

Se refiere a infracciones sobre sindicalizacion , trata de personas .

Este tratamiento especial rige por tres (3) años, desde el acogimiento al régimen especial.

Mediante decreto supremo se reglamenta lo dispuesto en el presente artículo.

El Estado brinda información sobre las diferentes modalidades contractuales existentes y asesoría a las microempresas en el tema.

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