Por el principio de realidad económica, se determina que los hechos priman en la exigencia de pago de tributos. Algo similar al principio de primacía de la realidad en lo laboral.
Por ejemplo:
Cuando una empresa contrata practicantes que cursan estudios distintos a la actividad que realizan en la empresa ( caso de estudiantes de administración que se les aplica las prácticas para realizar labores de cajeros o si estudian derecho y desarrollan actividades de venta ) .
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