El sentido común en la legislacion laboral (3)
Una situación usual :
Una señora microempresaria contrata a Juana , para que venda en su puesto de ropa en alguna galeria de Lima. La condicióm laboral es " Si no hay ventas , no cobras ".
El sentido común
Es correcto pensar de esta manera
Si la empresa no tiene ingresos , no habra de donde pagarle al personal.
Mas aun si se tiene deudas pendiente .
Esta logica es la común en muchos pequeños negocios y en algunos formales ya establecidos .
Pero pensar asi es un error
Debe saber usted que pensar asi , es un grave error .
No se encuentra justificada la falt de pago al trabajador , por el hecho que el empleador este atravesando una dificil situacion economica , pues tal incumplimiento implica la inobservancia de su obligacion de prevision.
Base legal : RSL del 16-2-94
En otras palabras : la mala gestión del negocio no puede ser "asumida" por el trabajador.
Eso es una verdad que duele.
vea articulos anteriores del portal hoy peru aqui
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Vea tambien ...
-
¿ Corresponde el pago de la indemnización económica cuando el trabajador solo ha gozado una fracción de sus vacaciones en forma oportuna? ...
-
MTPE : T eletrabajo será obligatorio hasta el 14 de marzo en el sector público, mientras que en el privado es una exhortación Sector Priva...
-
Comisión de Trabajo aprueba cambios en licencia de paternidad: Trabajadores podrían decidir cuándo usar los días de descanso Esta modifica...
-
El certificado de reconocimiento de aportes del fonavista -CERAD La Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero...


Que tal recién veo su pagina y me parece muy interesante ... sigan así saludos
ResponderEliminar