En consecuencia el Sector Público no recibe remuneración minima vital
En el Perú existen dos regimenes de aplicación de este beneficio:
1.- Regimen General
La RMV se aplica en todo el país y se reajusta periódicamente mediante Decreto Supremo
(D.S. 54-90-TR, art. 8).
En consecuencia el actual monto de S/ 675.00 mensual es aplicado de manera general.Pero existe un regimen especial
2.- Regimen Especial
Este rubro esta conformado por algunos regimenes laborales especiales :
a.- Minero
b.- Periodista Profesional
c.- Remuneración por trabajo nocturno ( Aunque no es un regimen laboral , mas bien es una condición de trabajo ).
Incremento de la RMV : Segundo tramo
Por disposición del articulo 24 de la Constitución Politica del Estado ,todo incremento de la RMV debe ser aprobado por el Consejo Nacional de Trabajo.
En consecuencia , es un paso previo para autorizar el nuevo incremento anunciado por el actual gobierno.
Lo que debe saber :
El incremento de la RMV beneficiara a 630 mil trabajadores a nivel Nacional
El estudio realizado por el Ministerio de Trabajo sobre impacto del primer tramo ha demostrado que el salario minimo deberia fijarse en mas de S/ 800.00
Sin embargo , no hay voluntad del gobierno de llegar a dicho monto.
Lo que si existe es una formalidad , algo asi como estar " atrapado en una promesa electoral , donde lo tecnico ( el informe del mismo gobierno), se tiene que adecuar a lo politico".
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