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Resolucion 30-GCAS-Essalud-2011
Establecen disposiciones referidas al Seguro Regular , Seguro de Salud Agrario dependiente e independiente.
Publicado : 05/10/2011
Vigencia : 06/10/2011
Descargar la Resolución nro 30-GCAS-Essalud-2011
La presente Res 30-GCAS-Essalud-2011 regula los siguientes puntos :
Caso : Tramites administrativos excepcionales
Los tramites que deban realizar , debido al registro de asegurados titulares ( trabajadores ) y derechohabientes ( esposa/concubina e hijos ) , según procedimientos administrativos de EsSalud ( TUPA ) , solo proceden cuando:
1.- No se encuentran registrados en los sistemas de EsSalud , o
2.- Cuando los datos relacionados con el aseguramiento sean incompletos.
Esto es aplicable para los asegurados regulares y el seguro de salud agrario dependiente.
Caso : concubino(a)
En el caso que sus datos no esten registrados o esten incompletos , el asegurado puede elegir alguna de las siguientes opciones :
1.- Presentar la declaración jurada de concubinato ( Res. Gerencia Central de Aseguramiento 13-GCAS-EsSalud-2009 )
2.- Copia fedateada del documento de reconocimiento de unión de hecho ( Por resolución Judicial o por Escritura pública ).
Estas opciones son aplicables para los asegurados regulares y los del seguro de salud agrario dependiente e independiente.
Caso : Renovación concubinato
Si a la fecha de vigencia de esta resolución ( 06/10/2011 ) , el trabajad0r tenga registrado desde el 01 de Octubre del 2009 en EsSalud a su concubino(a) y haya transcurrido el tiempo establecido en la Res. de Gerencia Central de Aseguramiento 13-GCAS-EsSalud ,para la renovación de la declaración jurada de relación de concubinato . Debiendo cumplir alguna de las siguientes opciones :
1.- Presentar la respectiva declaración jurada
2.- Copia fedateada del " reconocimiento de unión de hecho "
Estas opciones son aplicabables para los asegurados regulares y del seguro de salud agrario dependiente e independiente.
Vea tambien : Manual laboral compensacion por tiempo de servicios
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