Licencias otorgadas por Convenio Colectivo


Permisos por convenio colectivo

Son Permisos que autorizan la ausencia a las labores que pueden conllevar pago o bien descuentos en la remuneración.

Usualmente se pacta por dia u horas , siendo los motivos mas frecuentes :
1.- Personales
2.- Por asistencia Medica ( EsSalud , Centro medico asistencial y similares).
3.- Cumpleaños
4.- Fallecimiento de familiar en lugar distinto al centro de trabajo.
5.- Matrimonio
6.- Nacimiento de menor hijo.

Un ejemplo caracteristico de estos beneficios se dan en el sector de Construcción civil
Aunque parezca extraño algunos permisos fueron "obtenidos" via norma legal :

1.- Permiso Sindical
Con goce de salario , como maximo para 02 dirigentes del comite de obra , en caso tengan que acudir ante las autoridades , previo permiso recabado al empleador y debidamente comprobado posteriormente.
RM 480 del 20.03.1964 , articulo 10

2.- Por duelo
Con goce de haber , por fallecimiento de padres, conyugue e hijos legitimos o reconocidos.
RM 480 del 20.03.1964 , articulo 8


3.- Inscripción de nacimiento
Asistencia a registro civil para inscribir a menor hijo ( debe ser demostrado la inscripción ) . Se otorga medio dia de permiso sin pago , pero sin perdida de la parte proporcional de descanso semanal obligatorio ( antes dominical ).
RSD 46 del 23.02.1970

4.- Asistencia a EsSalud
Para casos de atención , no pierde el salario por tiempo empleado ,incluye el tiempo de regreso a la obra , ademas no afecta al pago del descanso semanal obligatorio.
Debe regresar el mismo dia . Se exceptua esta obligación para los permisos otorgados desde las 3.00 p.m. ( demostrar su asistencia al dia siguiente ).
Si no se labora todo el dia , por este tipo de permiso , no se paga el jornal.
Convenio del 16.02.1975
RSD 604 -75 del 06.04.1975

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