asignacion familiar: caso otra asignacion similar


¿Qué sucede en aquellas empresas que otorgan a sus trabajadores una asignación por cónyuge?
En este supuesto subsistirá el derecho a percibir esta asignación por cónyuge, independientemente del monto que fuera, pues se trata de un beneficio diferente a la asignación familiar legal. En relaciona la asignación por hijo, se optará por la que otorgue mayor beneficio, cualquiera que fuera el origen de ésta en la medida que nos encontramos ante beneficios similares.

Referencia: Artìculo 9º del Decreto Supremo Nº 035-90-TR

Vea :" Todo sobre la Asignación Familiar "
en http://www.hoyperu.galeon.com/sintesis/asigfa/bookasigfa.htm

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