Ley que establece medidas para el
fortalecimiento del Poder Judicial
Norma : Ley 30125Publicado : 13/12/2013
Vigencia : 14/12/2013
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¿Cómo está conformada la remuneración de
un Juez en el Poder Judicial ?
Básico más bonificación jurisdiccional
Los Jueces titulares
comprendidos en la carrera judicial, perciben un ingreso total mensual
constituido por una remuneración básica y una bonificación jurisdiccional, esta
última de carácter no remunerativo ni pensionable.
Gasto operativo por función judicial
A los Jueces les corresponde
un gasto operativo por función judicial, el cual está destinado a solventar los gastos que
demande el ejercicio de las funciones de los jueces.
Usted debe saber que : Los Jueces que queden
inhabilitados para el trabajo, con ocasión del servicio judicial, perciben como
pensión el íntegro de la remuneración que les corresponde.
En caso de muerte el cónyuge e
hijos perciben como pensión la remuneración que corresponde al grado inmediato superior.
Los Jueces al jubilarse gozarán de los beneficios que les corresponda con arreglo a ley.
Lic Ricardo Candela Casas
Vea tambien :
Aprueban monto de los haberes de Jueces titulares D.S. 314-2013-EF
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