Incremento remuneracion a jueces Ley 30125

 

Ley que establece medidas para el fortalecimiento del Poder Judicial
Norma : Ley 30125
Publicado : 13/12/2013
Vigencia : 14/12/2013

====================================
 Incremento de remuneracion a los jueces
Los haberes de los jueces se incrementan de manera progresiva en tres (3) tramos, incrementándose la bonificación jurisdiccional y los gastos operativos de los jueces, según corresponda.

 
El primero se efectúa con la dación del decreto supremo que establece los montos de los conceptos a que se refiere el artículo 1 de la Ley 30125 , a propuesta del Poder Judicial en el plazo de cinco (5) días de publicada la misma; y los dos tramos siguientes estarán sujetos al cumplimiento de las metas establecidas por el Poder Judicial en el marco de la presente norma; cumplimiento que será evaluado por su Consejo Ejecutivo.

 
El incremento señalado se efectuará según el siguiente detalle:

 Porcentaje que corresponde al haber mensual por todo concepto de los jueces


 

¿Cómo está conformada la remuneración de un Juez en el Poder Judicial ?

Básico más bonificación jurisdiccional
Los Jueces titulares comprendidos en la carrera judicial, perciben un ingreso total mensual constituido por una remuneración básica y una bonificación jurisdiccional, esta última de carácter no remunerativo ni pensionable.


Gasto operativo por función judicial
A los Jueces les corresponde un gasto operativo por función judicial, el cual está destinado a solventar los gastos que demande el ejercicio de las funciones de los jueces.


Usted debe saber que : Los Jueces que queden inhabilitados para el trabajo, con ocasión del servicio judicial, perciben como pensión el íntegro de la remuneración que les corresponde.

En caso de muerte el cónyuge e hijos perciben como pensión la remuneración que corresponde al grado inmediato superior.
 
¿ Y un Juez Jubilado ?
Los Jueces al jubilarse gozarán de los beneficios que les corresponda con arreglo a ley.
Lic Ricardo Candela Casas

Vea tambien :
Aprueban monto de los haberes de Jueces titulares D.S. 314-2013-EF

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

Computo indemnización despidió arbitrario en la CTS

  ¿ La indemnizacion por despido arbitrario es computable para el calculo de CTS?  No, porque la indemnizacion no tiene naturaleza remunerat...

Vea tambien ...