R.de Presidencia Ejecutiva 160-2013-SERVIR/PE

Transito de una entidad publica al régimen del servicio civil

Para recordar :
Por Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de julio de 2013, se aprobó un nuevo régimen del Servicio Civil entidades públicas comprendidas en su ámbito deberán pasar al nuevo régimen del Servicio Civil de manera progresiva en un plazo máximo de seis (6) años para el proceso de traslado de las entidades públicas al nuevo régimen del Servicio Civil

A dicho fin  se aprobarán las reglas, procesos y metodologías que aquellas deberán observar.

¿ Como se realizara el transito de una entidad publica en cuanto a su personal del D. Leg 276 al Nuevo régimen del servicio civil ?

Se conformará una Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil que estará encargada de impulsar el proceso de tránsito al nuevo régimen y la difusión y supervisión de cada una de sus etapas y, en representación de la entidad, coordinará con SERVIR el desarrollo de las etapas de dicho proceso

La ruta para pasar al nuevo régimen consta de cuatro etapas:
1. Preparación de la entidad: tiene por objeto garantizar que todos los servidores y servidoras de la entidad conozcan la ruta que la entidad deberá seguir para transitar al nuevo régimen del Servicio Civil, y el adecuado conocimiento de las herramientas necesarias para dicho tránsito.

2. Análisis situacional de la entidad: esta etapa tiene por finalidad reconocer la situación actual de la entidad en lo referente a procesos y puestos e identificar las oportunidades de mejora pertinentes.

3. Aplicación de mejoras internas: esta etapa tiene por objeto asegurar que los esfuerzos de la entidad se orienten a la prestación efectiva de servicios de calidad a los ciudadanos.

4. Implementación del nuevo régimen: Se implementa el régimen de la Ley del Servicio Civil, mediante la convocatoria a los concursos públicos, el tránsito de los servidores al nuevo régimen y la puesta en práctica de los procesos mejorados

Base legal : R.de Presidencia Ejecutiva 160-2013-SERVIR/PE

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