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Actualizate edición del 16 al 31 Enero 2015

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Este es un documento en formato PDF que contiene las ultimas modificaciones en la legislación laboral peruana.   Esta edición es remitida vía correo electrónico en formato PDF a los suscritos o personas interesadas que deseen adquieran este ejemplar. ========================== En esta edición usted conocerá sobre : Contenido  Normatividad laboral del periodo Sumilla de normas laborales publicadas En esta primera quincena. . Contribuciones sociales Declaración de operaciones con terceros Aprueban cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros correspondiente al Ejercicio 2014 Incentivos entregados al trabajador : Medios de prueba que acreditan el derecho a su percepción El incentivo es un mecanismo para estimular la productividad en el centro laboral. Registros de Ventas e Ingresos y Compras llevados de manera electrónica: Modificación y designación de nuevos sujetos obligados

Res 02-GCAS-ESSALUD-2015

Establecen que , en situaciones excepcionales , se acepte la renuncia al derecho especial de cobertura  por desempleo ( latencia) solicitado por el  afiliado titular y aprueban el modelo de  declaración jurada de renuncia al derecho especial de cobertura por desempleo ( latencia) Norma : Resolución Nro. 02-GCAS-ESSALUD-2015 Publicado : 26/01/2015 Vigencia  : 27/01/2015 Para recordar : En caso de desempleo  ( cese ) y de suspensión  perfecta de laborales ( ejemplo : licencia sin goce de haber ), los afiliado regulares y sus derechohabientes tendrán derecho a las  prestaciones durante un periodo de latencia de hasta 12 meses , siempre que cuenten con un  mínimo de 05 meses de aportación en los últimos 3 años precedentes al cese. Pero ¿ Es posible renunciar a este derecho? Si . Actualmente  se viene presentando casos de renuncia  a este derecho con la finalidad de afiliarse a otras instituciones de salud . ¿ Cual será el tramite? Según la presente norma Res 02-GCAS-ESSAL

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 024-2015/SUNAT

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Aprueban cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros correspondiente al Ejercicio 2014 Norma : Res. de Superintendencia 024-2015/Sunat Publicado : 24/01/2015 Vigencia  :  25/01/2015 [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[ ¿ A que se llama Declaración de operaciones con terceros? Es la declaración informativa anual en la que se comunica a la SUNAT las operaciones del contribuyente con sus proveedores y clientes. ¿ Como se realiza dicha declaración de operaciones con terceros? Mediante el uso de un aplicativo  informativo , cumpliendo un cronograma para presentar la declaración de cada ejercicio fiscal. Sobre la resolución de superintendencia Nro. 024-2015/Sunat Esta norma cumple con informar sobre el cronograma respectivo por el ejercicio fiscal 2014 Texto norma legal respectiva Lima, 22 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 024-200

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 018-2015/SUNAT

Modifican las condiciones establecidas en la Resolución de Superintendencia N° 379-2013/SUNAT para los sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica a partir del 1 de enero de 2015 Norma : R. superintendencia Nro. 018-2015/Sunat Publicado : 23/01/2015 Vigencia  :  24/01/2015 Para recordar : A ver .... la Resolución  379-2013-SUNAT aprobó las normas relativas a la obligación de llevar los Registros de Ventas e Ingresos y Compras de manera electrónica. A si mismo , la Resolución Nro 390-2014- SUNAT (publicada el  31-12-2014), modifica la resolución citada anteriormente, incorporando como nuevos sujetos obligados a partir del 1-1-2015, a aquéllos cuyos ingresos en el ejercicio 2014 hubieren sido iguales o mayores a 75 UIT y, siempre que estuvieren acogidos al régimen general o especial del Impuesto a la Renta, no se encontraran afiliados o incorporados al SLE-PLE o no hubieren generado los registros de ventas e ingresos y de

Manuales de recursos humanos 2017

Gestión de Recursos humanos Manuales electrónicos  2017 Usted conocera sobre : 1.- Nuevas técnicas de búsqueda de empleo Aqui conocera sobre : a.- Información del mercado de trabajo b.- Red de contactos c- La selección de personal d.-   El curriculum vitae e.- La carta de presentación f.- Las evaluaciones de selección g.- La entrevista de selección h.- Actualicese Y mas.... 2.- El curriculum vitae Aqui conocera sobre : a- El objetivo b.- Información a incluir: reglas generales c.- Presentación d.- Pasos para elaborar su curriculum e.- Preguntas al hacer al escribir tu currículum vitae f.- ¿Qué palabras claves debe tener tu currículum? Y mas ... 3.- Reclutamiento de personal Un documento de fácil lectura , que le permitirá establecer los mejores canales de reclutamiento en el proceso de selección. Aqui conocera sobre : a.- La estrategia de la organización b.- ¿ Análisis de puestos ? c.- Políti

Manual Control de asistencia

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En toda empresa se ejerce el control de asistencia del personal Sabia que : Existe una norma legal que establece los parametros para desarrollar el control de asistencia en toda empresa. El manual del control de asistencia : Guia del empleador Este documento pretende facilitar la aplicación correcta del control de asistencia del personal cubre areas como : El registro de control de asistencia La tolerancia de ingreso El tratamiento de las tardanzas El horario de trabajo El horario de refrigerio El horario nocturno Documento indispensable para el area de recursos humanos   Contenido del Manual Control de Asistencia : Guia del empleador Información General La razón del control de asistencia Capítulo I :  Registro de control de asistencia a.- Obligación b.- Ámbito de aplicación c.- Características del registro Modelo : Primera hoja del registro permanente de control de asistencia d.- El registro y el sobretiempo Modelo : Tarjeta de  control de asist

Recibos por honorarios electrónicos las dudas más frecuentes

Para recordar : Existe la obligación de los trabajadores independientes a partir del 01 de Enero 2015 de utilizar en forma obligatorio la emisión de recibos por honorarios electrónicos. A continuación una relación de las dudas más frecuentes sobre esta obligación a.- ¿ Todos los trabajadores independientes están obligados? No Solo los que presten servicios a empresas del régimen general del impuesto a la renta , o a las entidades del Estado . Para precisar : Desde el 01/10/2014 ya era obligatorio la emisión por este medio , cuando se giraba un recibo por servicios al Estado. No  es para las empresas que estén en el RUS ( Régimen Único Simplificado ) o el RER ( Régimen Especial de renta). b.- ¿ Hay sanciones ? Si. El incumplimiento genera una multa de 25 % de la UIT  ( S/ 962.50) Sin embargo , se puede utilizar el sistema de gradualidad , por el cual se exonera hasta el 90 % de la multa si paga voluntariamente , antes de  que lo notifique la SUNAT. Para el caso de la