Resolución Superintendencia 056-2011/Sunat Publicado :25/02/2011 Vigente : 26/02/2011 Quinta no retenida se pagara Se extiende el uso del formulario 1073-Boleta de pagos Otros 1.- Si usted es trabajador del sector publico o privado Para los casos en que los contribuyentes ( trabajadores que perciban solo ingresos exclusivamente de quinta categoría ) tengan que pagar dicho impuesto no retenido o retenido parcialmente por el empleador. Si al trabajador dependiente el impuesto no fue retenido total o parcialmente por el empleador , deberá pagarlo en la Sunat , bajo las siguientes condiciones : a.- En caso de no contar con RUC A través del formulario 1073 – Boleta de pago Otros. Deberá anotar su numero de documento identidad ( DNI) b.- En caso de contar con RUC A través del sistema pago fácil ( formulario 1662 ) , o si no a traves de Sunat virtual. Usted debe saber que : Los trabajadores dependientes están sujetos a la retención del Impuesto a la renta de quinta categoría , cuando sus r