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Mostrando las entradas etiquetadas como negociacion colectiva

¿ Qué información debe dar la Empresa al sindicato para elaborar su pliego de reclamos?

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  Información previa que debe entregar la empresa sobre la situación  económica, financiera y  laboral de la empresa eenlas negociaciones Antes  ( hasta el 24/07/2022) - Previo al inicio de la negociación, la información para el sindicato era determinada de común acuerdo.  De no haber acuerdo, la Autoridad de Trabajo precisaba la información básica que deba ser facilitada para el mejor resultado de las negociaciones. Ahora ( desde el 25/07/2022) Los Trabajadores tendrán derecho a solicitar previo al inicio de la negociación: • Estado de Situación Financiera (Balance General), Estado de Resultados (Estado de Ganancias y Pérdidas), Estado de flujo de efectivo y Estado de cambios en el patrimonio neto. • Las boletas de pago de remuneraciones de los trabajadores del ámbito negocial correspondiente a los últimos seis meses anteriores a la fecha de la solicitud de información. • Informe Auditado de los Estados Financieros o Memoria Anual más reciente, si lo hubiera. • Cuadro de categorías y

¿ Quién decide aplicar el arbitraje potestativo en un proceso de negociación colectiva?

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  Arbitraje potestativo El arbitraje  potestativo  es una forma de solución de conflicto  en una negociación  colectiva.  Se delega la decisión  ante determinadas  temas de la negociación colectiva  a un tercero,  denominación  Árbitro . Antes ( hasta el 24/07/2022)   :  Podia ser solicitado por los  trabajadores o por los empleadores.  - Procedia por actos de mala fe o desacuerdo en primera  negociación. - Debia transcurrir mínimo 3 meses del inicio de la negociación y seis reuniones de trato directo o conciliación. Ahora ( Desde el 25/07/2022) :   Solo puede ser iniciado por los trabajadores y es alternativo a la huelga (no simultáneo huelga y arbitraje). - Procede por actos de mala  fe negocial o desacuerdo en primera negociación. - Solo deben transcurrir como mínimo 3 meses de negociación y seis reuniones de trato directo o conciliación, si es primera negociación. -  En las siguientes  negociaciones  :Puede ser de inmediato al inicio de la negociación.  Base legal : Decreto Supremo

¿ Se puede extender los beneficios de un convenio colectivo a otros trabajadores?

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  Negociación Colectiva  Extensión de beneficios de  convenio colectivo. Antes ( hasta el 24/07/2022)    Se permitia unilateralmente o por acuerdo entre partes, según Corte Suprema. Ahora ( Desde el 25/07/2022)    No puede ser unilateral.  Solo por acuerdo con sindicatos se podrá extender el convenio colectivo. Base legal : Decreto Supremo N° 011-92-TR  Modificado  por   D. S.N° 014-2022-TR  (Publicado  :24/07/2022)  Más información ..

¿ Cómo se decide el nivel de negociación colectiva En una empresa?

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Negociación por rama y  otros niveles a la empresa Antes ( hasta el 24/07/2022) : Las partes deciden. Ahora ( desde el 25/07/2022)   Si no hay acuerdo entre partes, un arbitraje   promovido por el sindicato decidirá el nivel de negociación.  Base legal : Decreto Supremo N° 011-92-TR  Modificado  por   D. S.N° 014-2022-TR  (Publicado  :24/07/2022)  Más información ..

¿ Cuando es obligatorio el arbitraje potestativo en la negociación colectiva?

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Negociación  colectiva  Arbitraje Potestativo  En una negociación colectiva, ante el planteamiento del arbitraje potestativo por una de las partes, la designación de un árbitro por parte de la otra en el plazo legal constituye un acto que materializa su aceptación. Fuente :  Sentencia   Expediente N° 01213-2019-PA/TC,    Tribunal Constitucional (TC) Para recordar:  ¿ Que es el arbitraje  potestativo? El arbitraje potestativo es un mecánismo de solución  de conflictos,  el cual  supone que una de las partes lo plantea y que la otra está obligada a aceptarlo . Su contexto  en el campo  laboral  se da específicamente en la negociación colectiva. ¿ En qué momento  de la negociación  colectiva  se aplica.? Ante la falta de acuerdo entre el empleador y el sindicato de trabajadores, despues del trato  directo  o conciliación, en el marco de una negociación colectiva, cualquiera de las partes podrá llevar a la otra a este medio de solución pacífica de controversias, y para que este se perfecc

Nueva Ley de Negociación colectiva en el sector estatal

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   Norma    : LEY Nº 31188 Publicado : 02/05/2021 Se regular el ejercicio del derecho a la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales. LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR ESTATAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto de la Ley La Ley tiene por objeto regular el ejercicio del derecho a la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Constitución Política del Perú y lo señalado en el Convenio 98 y en el Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo. Artículo 2. Ámbito de aplicación La Ley es aplicable a las negociaciones colectivas llevadas a cabo entre organizaciones sindicales de trabajadores estatales de entidades públicas del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, los gobiernos regionale

Congreso aprueba insistencia de ley de negociación colectiva en el sector público

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 Negociación  colectiva  Sector Público  El Pleno del Congreso de la República aprobó 22/04/31  el dictamen de insistencia de la ley de negociación colectiva en el sector público. La iniciativa obtuvo 92 votos a favor, 1 en contra y 17 abstenciones.  Al ser in dictamen de insistencia no requiere segunda votación  ¿ Que contiene  el dictamen? El dictamen regula los principios y conceptos del procedimiento de negociación colectiva aplicado a trabajadores públicos. No  así a los trabajadores de las empresas públicas al tener su propio marco legal sobre el particular. Propone condiciones de trabajo y empleo que comprende las regulaciones y otras condiciones con incidencia económica, así como todo aspecto relativo a las relaciones entre empleadores y trabajadores. Se establecen los niveles centralizado y descentralizado de la negociación. El Convenio colectivo tendrá la vigencia que acuerden las partes siendo que en ningún caso es menor a un año. Sus clausulas ( acuerdos )surten efecto hast

Ley de Negociación Colectiva queda observada y le toca al Congreso aprobarla

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La Ley de Negociación Colectiva en el sector público, que permitirá la mejora salarial para los trabajadores estatales, finalmente ha sido observada por el Gobierno. ¿ Por que esto ? Vencido el plazo, el portal web del Congreso consignó este martes que dicha autógrafa ha quedado observada, luego de que el Ejecutivo la tuviera en su poder desde el 27 de noviembre Un comportamiento previsible De este modo, se concretó la ya anunciada observación a dicha ley. Fue el propio presidente Martín Vizcarra quien mostró su preocupación por la iniciativa aprobada por el Congreso. "Tiene que haber (negociación), pero con equilibrio presupuestal. No una negociación colectiva que no tenga un sustento adecuado como esa", dijo en entrevista. El titular de Economía, Carlos Oliva, también cuestionó la ley. "El problema es que el costo económico de esta ley es incalculable debido a que el proyecto no propone límites a la negociación, ni está sujeto a la capacidad presupuestal d

Modifican normas sobre arbitraje en la negoiciación colectiva

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El D.S. 009-2017-TR (publicado 31-5-2017) ha modificado el reglamento del rubro con la finalidad de adecuar las normas que regulan el arbitraje potestativo a las recomendaciones y convenios de la OIT (reglas especiales para el arbitraje potestativo, elección de árbitros, etc.). Se han establecido los plazos con que cuentan los tribunales arbitrales y las Autoridades Regionales de Trabajo para remitir de los expedientes de negociación colectiva a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Se ha dispuesto además que el arbitraje potestativo procederá siempre que luego de al menos seis reuniones de trato directo o de conciliación y transcurridos tres meses desde el inicio de la negociación las partes no se hayan puesto de acuerdo en la primera negociación, en el nivel o su contenido; o, cuando durante la negociación se adviertan actos de mala fe que tengan por efecto dilatar, entorpecer o evitar el logro de un acuerdo. Finalmente se han incorporado disposiciones que regulan la design

¿Como elaborar un pliego de reclamos ?

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Guia laboral  ¿ Como elaborar un pliego de reclamos? Sector Privado Documento en formato PDF 73 paginas Usted recibirá : a.-Manual en formato PDF b,- Modelos de formatos en word Contenido ____________________________________ 1.- Definición 2 .-  Ámbito de aplicación 2.1- Por tipo de empresa 2.2- Por agrupación de trabajadores 3.- Contenido Partes de un pliego de reclamos 4.- Elaboración del Pliego reclamos 4.1.-Representación de las partes 4.2.- Información proporcionada por el empleador 4.2.1.- Obligación 4.2.2.- Valorización de peticiones por el Ministerio de trabajo 4.2.3.- Incumplimiento 4.3.-  Información proporcionada por los afiliados 4.3.1.-Preparación del contenido Pliego de reclamos 4.3.2.- Redacción del proyecto o pliego de peticiones 4.3.3.- Aprobación  del contenido Pliego de reclamos 5.- Presentación del Pliego reclamos 5.1.-Plazo de  presentación ¿Cuándo será el plazo de presentación? Efectos del retraso en la presentación del

Inicio trato directo negociación colectiva

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Después  de que la empresa recepciona el pliego de reclamos ¿ Cuanto tiempo tiene para llamar a la instalación del trato directo? ¿En qué plazos y oportunidades se debe desarrollar el trato directo? VER AQUI La negociación colectiva se llevará a cabo en los plazos y oportunidades que las partes acuerden. Es decir , debe existir un acercamiento entre la representación de los trabajadores y la del empleador para acordar por escrito a través de un acta  , en que momento se iniciara el trato directo , asi como las condiciones en que se realizara el mismo. Ejemplo : Lugar de reunión Horarios Numero de representantes de la partes que pueden estar presentes Situaciones que pueden suspender las reuniones. Y si el empleador hace "mutis" ( No actua o no dice nada ) , se debe esperar de manera indefinida . ¿ Pero existe un plazo mínimo para iniciar las reuniones del trato directo? En caso no exista dicho acuerdo o acercamiento entre la partes par

DECRETO SUPREMO Nº 011-2016-TR

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Decreto Supremo que emite disposiciones relativas a la elección del Presidente del Tribunal Arbitral en Negociaciones Colectivas en el Sector Público Norma : D.S. 011-2016-TR Publicado : 28/07/2016 __________________________________ Situación a considerar : Empleador es una empresa comprendida en el ámbito de la Actividad Empresarial del Estado o se trate de una entidad del Estado cuyos trabajadores se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Proceso de Negociación Colectiva ¿Falta de acuerdo en designación del presidente del Tribunal Arbitral, Como proceder? Cualquiera de las partes puede solicitar a la Dirección General de Trabajo para que efectúe dicha designación, por sorteo público, entre los árbitros inscritos en el Registro Nacional de Árbitros de Negociaciones Colectivas con especialización en negociación colectiva del sector público. Para ello, se convocará a las partes, con una anticipación no menor a cinco días hábiles. La