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Mostrando las entradas etiquetadas como jubilacion

¿La jubilación como causal de extinción del vínculo laboral es un acto discriminatorio ?

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  Termino relación  laboral  Jubilación automática  El cese por alcanzar la edad de jubilación, no configura una situación de discriminación. Puesto que es una causal de extinción del vínculo laboral prevista en la ley. Fuente : Resolución S/N de fecha 29 de octubre de 2020, recaída en el expediente 17929-2016-0-1801-JR-LA-05,  Octava Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Asimismo lo indica la Casación Laboral 12783-2017-Lima. Esta Casación  hace referencia a las causas de extinción del contrato de trabajo, amparándose en el inciso f) del artículo 16 y el artículo 21. El cual menciona que es de manera obligatoria y automática en caso que el trabajador cumpla 70 años de edad, del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728 En ese sentido, en el presente caso la controversia versaría en determinar si al demandante le corresponde la indemnización por despido arbitrario pese a tener más de 70 años. Descargar documento  VISITE ... Ingrese  aqui

Ley amplia hasta los 75 años de edad el cese laboral medico sector publico

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  Trabajador Medico Cese por edad jubilación  La Ley 31210 (pub. 8-6-21) fue promulgada con el objeto de modificar el D. Leg. 559, Ley de Trabajo Médico. La finalidad es ampliar, de manera voluntaria y a solicitud, del ejercicio profesional en la entidad ( establecimientos de salud del sector público), hasta los setenta y cinco años de edad. Ámbito de aplicación  Aplicable al profesional médico asistencial que labora en público. ¿ En cualquier centro hospitalario del país? No. En aquellas zonas en las que exista déficit de profesionales, según especialidad. ¿ Como se aplica esta opción? El proceso se inicia a solicitud del A solicitud del profesional médico. Ver texto  norma  .. Norma       : Ley  Nº 31210 Publicado : 08/06/2021 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 15 DEL DECRETO LEGISLATIVO 559,LEY DE TRABAJO MÉDICO Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto modificar el artícul

Jubilación anticipada en la AFP nueva norma

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Habrá jubilación anticipada para afiliados de AFP desempleados pero restringida El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley para la restitución del Régimen Especial de Jubilación Anticipada ( REJA) El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley para la restitución del Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) lo que permitirá acceder a este beneficio a los afiliados de las AFP desempleados pero con restricciones, comparado con el régimen existente hasta el 31 de diciembre del 2018. El texto sustitutorio del dictamen aprobado por la Comisión de Economía del Congreso fue aprobado con 48 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones. El proyecto fue exonerado de segunda votación. De acuerdo al proyecto, las mujeres desde 50 años, y hombres a partir de 55 años, podrán acceder a la jubilación anticipada –edades mínimas también contempladas en el régimen previo-, pero ahora deberán cumplir con el requisito de estar desempleados por 12 meses consecu

¿ Como despedir a un trabajador con mas de 70 años?

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Cuando el trabajador permanezca laborando más allá de los 70 años, el empleador mantendrá la facultad de comunicarle la extinción del vínculo laboral, sin derecho a indemnización por la conclusión de este. [1] Base legal : Sentencia recaída en la Casación N° 4542-2017 del Santa, emitida por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria Fundamento De acuerdo con el artículo 21 de Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (TUO de la LPCL), la jubilación es obligatoria y automática en caso de que el trabajador cumpla 70 años, salvo pacto en contrario.   No obstante, el supremo tribunal considera que si bien este artículo hace referencia a la posibilidad de celebrarse un pacto en contrario para que el trabajador que cumplió 70 años continúe su vínculo laboral, la decisión del empleador de dar por terminado el contrato de trabajo no puede estar supeditada a la comisión de una falta grave.

Union de hecho y pension sobrevivencia niormas reglamentarias

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Establecen disposiciones reglamentarias de la Ley N° 30907, Ley que establece la equivalencia de la Unión de Hecho con el Matrimonio para acceder a la Pensión de Sobrevivencia Norma      : DECRETO SUPREMO Nº 045-2019-EF Publicado : 09/02/2019 Por D.S. 045-2019-Ef  ( Publicado el  09/02/2019 ),se han dictado las disposiciones reglamentarias de la ley Nro 30907 Para recordar : Por Ley Nro 30907  se establece la equivalencia de la unión de hecho con el matrimonio para acceder a la pensión de sobrevivencia siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Civil. ¿ Por que esta situación? La norma se aplica solo a los pensionistas del sistema nacional de pensiones ( Administrado por el ONP) , pues en sus normas originales no se acepta esta condición para percibir dicho tipo de pensión. Lo cual no sucede en el  Sistema Privado de Pensiones , el cual en sus normas ha sido incluido desde el inicio  esta situación. ¿ Que nos dice el D.S. 0

Reajuste pensiones DL 20530

Disponen reajuste de pensiones del Régimen del Decreto Ley N° 20530 y autorizan transferencia de partidas DECRETO SUPREMO N° 009-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 28449, Ley que establece las nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, dispone que las pensiones percibidas por beneficiarios que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad y cuyo valor no exceda el importe de dos (02) Unidades Impositivas Tributarias vigentes en cada oportunidad, son reajustadas al inicio de cada año mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta las variaciones en el costo de vida anual y la capacidad financiera del Estado;  de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, dispone que las pensiones percibidas por beneficiarios que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad y cuyo valor no exceda e

Los informes médicos por enfermedades profesionales o accidentes de trabajo

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El Tribunal Constitucional (TC) dispuso que el Ministerio de Salud (Minsa) y Essalud instauren, en el plazo de un año, comisiones médicas calificadoras de incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad profesional en sus principales establecimientos del país, que además deberán cumplir estándares nacionales e internacionales Esto ante la carencia del número suficiente de dichos órganos y a los cuestionamientos existentes sobre quienes emiten informes médicos que generan incertidumbre del verdadero estado de salud de los demandantes en los procesos de amparo dirigidos al otorgamiento de pensiones de invalidez por enfermedad profesional. Base legal :  STC N° 00799-2014-PA/TC, Cuyo fundamento 25 constituye precedente de observancia obligatoria para la judicatura en materia pensionaria. En este contexto, el máximo intérprete de la Constitución dispuso que el Minsa y Essalud informen, en el término de un mes, respecto del plan de trabajo diseñado para la instauración de la

Régimen jubilación adelantada AFP vence 31 Diciembre

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Gobierno observó ampliación de jubilación adelantada en AFP Régimen, que había sido ampliado por tres años por el Congreso, vence este 31 de diciembre. ¿ Que paso ? El Gobierno envió hoy al Congreso la observación al proyecto de ley aprobado por el Congreso en noviembre pasado, el cual había ampliado por tres años más la vigencia del Régimen de Jubilación Anticipada (REJA) para desempleados en las AFP. Este régimen vence el 31 de diciembre del 2018, por lo que su ampliación regiría hasta fines del 2021. Si el Congreso no aprueba el proyecto de ley por insistencia antes del 31 de diciembre, desde el 1ro de enero del 2019 los afiliados ya no se podrían acoger al REJA por desempleo. ¿ Y por que fue observada la prorroga del REJA por el gobierno ? La observación enviada por el Gobierno señala que este régimen era "transitorio", pues desvirtúa el fin del sistema de pensiones que es la protección del afiliado durante la vejez. "La tasa de desempleo observ

¿ Existe la jubilación obligatoria?

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En la legislación laboral peruana se ha establecido que cuando un trabajador cumple los 70 años de edad , se debe aplicar la jubilación automática ( llamada también jubilación ex lege) ¿Eso significa que cualquier trabajador que llegue a los 70 años esta obligado a jubilarse? En teoría si , pero este mandato tiene un requisito se le omite mucho en algunas empresas. ¿ Cual es ? Para que proceda dicho cese por jubilación automática , el trabajador debe tener derecho a una pensión de jubilación , sin considerar el monto e la misma. ¿Y si el trabajador no reúne los requisitos para poder acceder a una pensión ? No podrá aplicarse este mandato legal. Mas información en ... Manual Fin de la relación laboral por Jubilación 2018 Extinción de la relación laboral por jubilación Ver aquí

Jubilación del docente universitario en la Administración Pública

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Por Ley Nro  30697 ( publicada en el diario oficial El peruano 16 diciembre 2017 ) se ha modificado la edad para la jubilación automatica del docente Universitario en la administración publica. Antes : La jubilación automatica por edad era a los 70 años Desde el 17 Diciembre 2017 la edad de jubilación automatica es a los 75 años de edad. ¿ Eso significa que no podra seguir trabajando como docente ? No. Como se indica en la norma solo podrá continuar laborando como docente en la administración publica bajo la condición de docente extraordinario _________________________________________________ LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 84 DE LA LEY 30220, LEY UNIVERSITARIA Artículo único. Modificación del cuarto párrafo del artículo 84 de la Ley 30220, Ley Universitaria Modifícase el cuarto párrafo del artículo 84 de la Ley 30220, Ley Universitaria, en los siguientes términos: “Artículo 84. Período de evaluación para el nombramiento y cese de profesores ordinarios […] La edad máx

Imposibilidad de reponer a un trabajador despedido

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¿Procede la reposición del trabajador si durante el proceso de reposición cumple los setenta años? ¿ Que dice la legislación laboral vigente :  Conforme al art. 16, inc.f) de la LPCL, una de las causales de extinción de la relación laboral es la jubilación. De otro lado, el art. 21 de la LPCL establece que los sujetos pertenecientes al régimen de la actividad privada se jubilan obligatoriamente a los setenta años de edad, salvo pacto en contrario. Fallo Poder Judicial : No procede la reposición. ¿ Las razones? El cumplimiento de setenta años en el transcurso del proceso hace inviable e inejecutable la reincorporación efectiva por causal sobreviniente. Indemnización economica Sin embargo, ante la evidente imposibilidad de ejecutar la reincorporación y con el fin de proteger los derechos reconocidos, corresponde que al amparo del principio de interpretación más favorable, se opte por una compensación económica razonable equivalente a un monto igual al tope de la indemni

Jubilación automática a los 70 años de edad

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¿Puede el empleador cesar a un trabajador automáticamente al cumplir los 70 años, aunque no tenga los años mínimos de aportes para acceder a una pensión de jubilación? No. El empleador puede cesar inmediatamente al trabajador cuando cumpla 70 años de edad, a menos que exista un acuerdo entre empleador y trabajador, o con el sindicato, que le impida ejercer tal potestad Base legal  D.S. 003-97-TR, art. 21 Además es necesario para que opere automáticamente el cese que el trabajador esté en condiciones de percibir una pensión de jubilación, cualquiera sea su monto y con prescindencia del trámite que se siga para obtenerla Base legal : D.S. 001-96-TR, art. 30. _______________________________________________________________________ Manual fin de la relación laboral por jubilación Documento en formato  PDF 30 paginas Con formatos relacionados  en World  Contenido 1.-  La jubilación generación del derecho 2.-  Adelanto de la jubilación 3.- J