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¿ Cuales son los derechos laborales de un trabajador independiente?

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Un trabajador independiente , aquel que a firmado un contrato de locación de servicios y que cobra sus ingresos mediante recibo por honorario. Solo tendrá derecho a la prestación económica pactada previamente . ¿ injusto ? No . Un trabajador independiente no desarrolla labores amparadas por la legislación laboral peruana. Manual ABC de la legislación laboral peruana 2018 actualizado con ultimas modificaciones ¿ Desea conocer la legislación laboral peruana de manera fácil , clara , ordenada y actualizada a la fecha? Documento en formato PDF 290 paginas Ver mas información aquí 

Res Nro 333-2014-GG/ONP

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Disponen la difusion de la Directiva " Devolución de los aportes Obligatorios Ley Nro 30237 ( DIR-DPR-11/01) , mediante su publicación en el diario Oficial el Peruano y la pagina web del portal de la ONP. www.onp.gob.pe Publicado : 07/10/2014 =================================== Para recordar si se olvido del tema : La Ley N° 30237 ( norma que derogó el aporte obligatorio), establece el reembolso se realizará a favor de los independientes que cotizaron al Sistema Nacional de Pensiones /( ONP)  durante los periodos que estuvo vigente la obligatoriedad, es decir del 01 de agosto al 22 de setiembre de 2013 y del 01 agosto al 17 de setiembre de 2014. El procedimiento de devolución de aportes en la ONP La Oficina de Normalización Previsional (ONP) aprobó su procedimiento para solicitar la devolución de aportes realizados por los trabajadores independientes. Directiva " Devolución de los aportes Obligatorios Ley Nro 30237" DIR-DPR-11/01 Las solicitudes devolución de

Res SBS 6568-2014

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Modifican el compendio de normas de superintendencia reglamentarias del sistema privado de administración de fondos de pensiones referido a afiliación y aportes Publicado : 03/10/2014 Vigencia : 04/10/2006 ======================== Información valida solo para trabajadores independientes afiliados al sistema privado de pensiones que por ley se vieron obligados a realizar aportes de manera obligatoria. Trabajador independiente comprendido ¿ Quienes puede solicitar la devolución de sus aportes? Loa nacidos a partir del 01 de Agosto de 1973 y que : a.- Por ley se incorporaron al sistema privado de pensioens en su condicion de trabajador independiente b.- Los ya afiliados de manera voluntaria , y que por ley debieron aportar en forma obligatoria c.- Los ya afiliados de manera voluntaria , y que por ley debieron aportar en formar obligatoria , de modo simultaneo a su condicion de trabajador independiente. Devolución: ¿ Que conceptos se devolverán ? a.- Aportes obligato

Devolución de aportes a independientes

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1.- Sistema Nacional de Pensiones : La  ONP y la devolución  aportes a  Trabajadores independientes ¿ Desde que fecha se devolverá los aportes a trabajadores independientes? Desde el 09 de Octubre siguiendo un cronograma de recepción de solicitudes ver aquí ¿ Como se hará ? Mediante el registro devolución de aportes , esto a través de solicitudes que se presentaran en el Banco de la Nación. Solo para trabajadores independientes que aportaron a la ONP. ¿ Como se realizara el tramite en el Banco de la Nación ? La ONP realizó las coordinaciones con el Banco de la  Nación  para que los independientes puedan solicitar el íntegro de lo aportado presentando únicamente su DNI vigente. El banco proporcionará al trabajador un cargo del registro de su solicitud y podrá hacer efectivo el cobro después de catorce días, siempre que le corresponda Usted debe recordar :   La Ley Nº 30237, norma que derogó el abono obligatorio, estableció el reembolso a favor de los independiente

Recibos por honorarios en las entidades públicas

Entidades recibirán solo recibos por honorarios electrónicos Los trabajadores independientes que presten servicios a entidades del Estado  ( Ejemplo Ministerios ) están obligados desde el 01 de Octubre 2014 a emitir sus recibos por honorarios de manera electrónica. ¿ Que requisitos debe cumplir el trabajador independiente? Para ello, deberán contar con su RUC, código de usuario y clave SOL y acceder a SUNAT Virtual, seleccionando la opción sistema de emisión electrónica. ¿ Entonces ya no imprimiran sus recibos por honorarios? No, ya no estarán obligados a imprimir sus recibos ni llenar el libro de ingresos y gastos legalizados, pues todas sus operaciones serán registradas electrónicamente. ¿ Es obligatorio almacenar los recibos por honorarios? Tampoco tendrán la obligación de almacenarlos, puesto que la Sunat los sustituirán en dicha responsabilidad. En el sector Privado Los trabajadores independientes que así lo prefieran podrán seguir emitiendo sus recibos por honorarios

¿Qué hago si emití mi recibo con retención de aportes de pensiones?

La ley de aportes obligatorios para trabajadores independientes se derogo El 17 de setiembre 2014 , se derogó el aporte obligatorio de los independientes, la pregunta que surge es : ¿ Qué ocurrirá con los independientes que emitieron sus recibos y cobraron por ellos'? ¿ Que ocurrirá con aquellos que habiéndolos emitido aún no cobran por los servicios realizados, o si las empresas pueden devolver los aportes retenidos? Una realidad que muchos vivieran A continuación algunos supuestos que se presentaran : a,- Realizo el servicio en el mes de Agosto 2014, pero aun no le cancelan El caso más sencillo será para aquel que ha realizado el servicio en el mes de agosto 2014 pero aún no se le ha cancelado. Usted debe hacer esto: En este caso, lo recomendable es cambiar el recibo por otro, para que al trabajador no se le realicen las retenciones por aportes de AFP u ONP. Ejemplo : Juan presto servicios a una empresa y emitió su recibo por honorarios por S/ 1,000 , en donde ap

Ley 30237

Ley que deroga el aporte obligatorio al Sistema de Pensiones para los trabajadores independientes Norma : Ley 30237 Publicado : 17/09/2014 Vigencia  :  18/09/2014 ==================== Mediante Ley 30237 (publicado.17-9-2014) se ha derogado el aporte obligatorio de los trabajadores independientes al Sistema de Pensiones (Ley 29903), disponiéndose que el mismo sea libre y voluntario. Asimismo se ha previsto que los aportes realizados en virtud de la norma que estableció su obligatoriedad pueden ser devueltos según decisión del trabajador independiente. Usted debe saber esto : Durante la vigencia dela obligatoriedad para afiliarse cerca de 55 mil aportaron a la AFP Habitat y 60 mil a la ONP. Algunas dudas pendientes 1.- La afiliación de trabajadores independientes a sistema de pensiones ¿ Es posible que un trabajador independiente afiliado a un sistema de pensiones pueda desafiliarse libremente ? La Ley 30237 no lo dice. En consecuencia a la fecha no seria posible .

Derogan aporte obligatorio de independientes a sistema de pensiones

Con 55 votos a favor, el Congreso acordó que participación en el sistema previsional sea voluntaria. Además, ordenó devolver a trabajadores independientes los aportes que realizaron desde que entró en vigencia la norma en el 2013. Será voluntaria la participación de los trabajadores independientes en el sistema previsional, tanto a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) Habitat como de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Se ordena devolver a los independientes el monto correspondiente a los aportes que realizaron desde que entró en vigencia la norma el año pasado. Así que quienes han aportado bajo este mecanismo están en la posibilidad de retirar sus fondos, o dejarlo para acumular sus pensiones. Para recordar : Por Ley 30082 ( del 22/09/2013) se determino la obligación de trabajador independiente nacido desde el 01/08/1973 a afiliar a un sistema de pensiones ( ONP o AFP ) , trayendo como resultado de esto , el aporte al sistema elegido . Se

trabajador independiente mayor de 40 años

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¿Qué pasará con la afiliación de los trabajadores independientes mayores de 40 años? Es usted demasiado viejo... Uno de los requisitos de la afiliación y aporte de los trabajadores independientes a un sistema de pensiones de manera obligatoria (onp o AFP) es haber nacido a partir del 1 de agosto de 1973 Entonces .... ¿ Que pasara con los independientes que nacieron antes del 01 de Agosto de 1973? Las personas mayores de 40 años , no estan obligadas a la afiliación y aporte a un sistema pensionario La decisión de hacerlo es voluntaria Esta situación se presenta tanto para los que nunca eligieron un sistema de pensiones , como aquellos que en fechas anteriores eligieron un sistema pensionario segun su libre voluntad. Usted debe saber : Si el mayor de 40 años decide afiliarse voluntariamente a un sistema de pensiones y elige una AFP Por ley debera hacerlo en la AFP Habitat. Si el independiente obligado menor de 40 años decide afiliarse al sistema privado de pension

Independientes que no realicen aporte a sistema de pensiones no tendrán sanción

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Ni la SBS ni la Sunat tienen procedimientos sancionadores a personas naturales en temas previsionales. Solo hay sanciones para empresas Esto parece una broma de mal gusto... A partir del 01 de Agosto 2014 os trabajadores independientes nacidos desde el 01 Agosto 1973 están obligados a elegir y aportar a un sistema de pensiones (la ONP o AFP). ¿ Y que pasaria si el independiente obligado no cumple ? En caso no hacerlo, las personas naturales no tendrían ninguna sanción, como la tienen las empresas. Existen dos formas de aportes de los independientes. La primera es cuando los ingresos los recibe de una empresa,esta funciona como agente retenedor y está obligada a hacer el aporte. ¿ Que pasaria si la empresa no cumple ? De no hacerlo será sancionada por : a.- Si el independiente esta afiliado a la ONP : Sancionado a traves de la SUNAT b.- Si el independiente esta afiliado a una AFP : Sancionado a traves de la SBS La segunda forma es si el ingreso de los independientes v

Trabajador independiente aporte obligatorio a sistema de pensiones 01 de agosto 2014

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Trabajador independiente  Todo lo que desea saber sobre el aporte obligatorio a un sistema de pensiones Usted debe saber esto :  El aporte a sistema de pensiones del trabajador independiente ha sido derogado , manteniendose la posición de ser una opción voluntaria. Lo siguiente ya no esta  esta vigente : Solo con ifnes historicos ======================================= Usted debe saber:  Las disposiciones sobre aporte a un sistema de pensiones están creando dos tipos de trabajadores independientes : a.- Aquellos que están obligados por ley a realizar un aporte a sistema de pensiones Sea este al sistema nacional o al sistema privado. b.- Aquellos que pueden aportar a sistema de pensiones de manera voluntaria Son personas que han nacido antes del 01 de Agosto de 1973 =================== Aunque parezca increíble : La información que brinda la SBS y ciertos medios de comunicación escrita esta sesgada a favor del Sistema Privado de Pensiones. =================== a.-

Ley 30082

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Ley que modifica la Ley 29903 Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema de Administración de Fondos de Pensiones. Norma : Ley 30082 Publicado : 22/09/2013 Vigencia  : 23/09/2013 _____________________________________________ Obligaci ón : Aporte del trabajador independiente a un sistema de pensiones , obligatorio para trabajadores menores de 40 años y cuyo sueldo mensual sea   mayor a la Remuneración Mínima Vital.   Vigencia : La obligación será vigente desde el 01 de Agosto del 2014. Aportes efectuados : Se reconocerán para el cálculo de la pensión que corresponda en su momento Aporte opcional :   El aporte del trabajador independiente será opcional hasta el 31 de Julio de 2014 , esto es sin considerar el nivel de ingresos mensuales . El aporte minimo será de 2 .5 % si se afilio a una AFP   y de 5 % si esta en la ONP- El criterio de los agentes de retención y pago directo se mantienen vigentes Tabla de montos a

Independientes aportes sistema de pensiones ¿ Tiene dudas ?

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¿ Es usted trabajador independiente y tiene dudas sobre como funciona las nuevas normas de aporte a un sistema de pensiones ? No es el único... Brevemente se tratara de despejar algunas dudas sobre el nuevo descuento a la AFP u ONP . 1.- ¿ A quienes se les debe descontar por aporte de pensiones ? Solo a los trabajadores independientes nacidos después del 01 de Agosto de 1973 ( es decir desde el 02 de Agosto 1973). 2.- ¿ Quienes deben calcular los descuentos ? El independiente debe calcular el monto a ser descontado en su recibo por honorarios. 3.- No sabe si esta afiliado a un sistema de pensiones Si no sabe , puede verificar la información en el caso de saber si esta en una AFP en el portal de la SBS ( www.sbs.gob.pe ). En el caso de la ONP , si no aporto nunca a esa entidad  por lógica no esta en la ONP.   4.- No estoy ni en la ONP ni en la AFP  ¿ Que hago ? Antes de emitir su recibo por honorarios , deberá elegir si afiliarse a la ONP o si desea afiliarse a l

Trabajador independiente libro de ingresos y gastos

Obligaciones tributarias del trabajador independiente. Libro de Ingresos y Gastos –renta de cuarta categoría Al estar sus ingresos afectos al Impuesto a la Renta, se generan obligaciones tributarias y por lo tanto debe registrarse ante la SUNAT para formalizar sus ingresos, pagar sus impuestos y convertirse así en un contribuyente. Para ello debera cumplir con lo siguiente: Inscribirse en el RUC   Emitir y entregar comprobantes de pago. En este caso, Recibos por Honorarios   Pagar el impuesto por los ingresos obtenidos, ya sea vía retención o pago directo   Llevar el libro de ingresos y gastos   Presentar declaraciónes mensuales y anuales en los casos que la SUNAT establezca Aportar a un sistema de pensiones Llevar el libro de ingresos y gastos El trabajador independiente debera llevar unlilbro de ingresos y gastos simple , sin legalizar . En el mismo anotara a.- Fecha de cobro , ingreso o puesta a disposición de su pago b.- Fecha d

Resolucion 114-2013-Gerencia General /ONP

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Disponen la publicación de la Directiva “ Afiliación de Trabajadores al Sistema Nacional de Pensiones-Ley Nro. 29903” Norma : Directiva Afiliación de trabajadores al sistema nacional de pensiones -Ley 29903 ( DIR-DPR-15/01 ) Para saber mas : La directiva sobre la afiliación de trabajadores independientes al sistema nacional de pensiones se aprobó el 26/07/2013 . En dicha directiva se indica el la forma de afiliarse , los requisitos y situaciones diversas . ¿ Como me afilio al sistema nacional de pensiones ? Si usted es un trabajador independiente menor de 40 años , debe elegir un sistema de pensiones. En el caso que desee afiliarse al sistema nacional de pensiones deberá realizarlo vía web. Ingrese a : http://www.onp.gob.pe/inicio.do  ¿ Ya ingreso a la web de la ONP ? Ubique la casilla "Afiliación de trabajadores independientes "   Al presionar  " Afiliación de trabajadores independientes " ,aparece un modulo con dos opciones: a.-  Afiliación