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Manual el bono por escolaridad 2020 ¿ Tiene usted derecho a percibirlo?

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En este documento se desarrolla información relacionada con la Escolaridad en el Perú . Como un beneficio a favor del trabajador. Aquí se trata la escolaridad como  La asignación o bonificación por educación Esta asignación o bonificación comprende las otorgadas al trabajador con ocasión de sus estudios o los de sus hijos , sean preescolares , escolares , superiores , técnicos o universitarios , incluye todos los gastos requeridos para el desarrollo de tales estudios como uniformes , útiles escolares y otros de similar naturaleza , salvo convenio individual o colectivo más favorable para el trabajador. ===================== Documento en formato PDF 40 Paginas ===================== ================   Contenido ======================= Nociones Generales Concepto Un tratamiento particular en el Perú Asignación familiar y escolaridad La escolaridad es un concepto no remunerativo Remuneración Conceptos no remunerativos Sector Privado A.- Tratamie

¿Como cobrar la bonificación por escolaridad 2020?

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Servidor del sector Público cobrará S/ 400.00  bajo el concepto por bono de escolaridad Norma :D.S. 001-2020-EF Sumilla   : Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad Publicado :09/01/2020 ====================== El D.S. 001-2020-EF  ha establecido normas reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por escolaridad a favor de los trabajadores del Estado, pensionistas, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. ¿ Que es la bonificación por escolaridad ? Es una bonificación que se otorga en el sector publico establecido en la Ley de Presupuesto de dicho sector cada año. ¿ Es solo para los que tienen hijos estudiando ? No . El nombre no tiene nada que ver con dicha situación . Mas bien es una denominación que pretende justificar un pago adicional en el mes de Enero de cada año. ¿ A cuanto asciende la bonificación por escolaridad ? Para el año 2020, asciende a S/ 400.00 Los f

Pago de escolaridad municipalidad distrital

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Tenemos un trabajador de régimen 276, en una municipalidad distrital desde el 02 de enero del 2019. El trabajador ahora en este mes (marzo), esta solicitando pago por escolaridad (reintegro), para lo cual genero una solicitud para el pago del mismo, donde adjunta certificado de trabajo donde laboro en OTRA municipalidad (provincial), donde laboro integramente los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2018. ¿ Le corresponde el pago por escolaridad, siendo que no laboró en en la misma entidad publica en el mes de pago (enero 2019)?. De "no" corresponderle en que normativa me podría apoyar, debido a que el reglamento de la bonificación por escolaridad (DS 002-2019-EF) no contempla este caso. Para recordar : EL Presupuesto del sector Publico para el año 2019 ( Ley Nro 30879 ) fijo el monto de la bonificación por escolaridad en S/ 400.00 Para percibirla debe cumplir dos requisitos : a) Estar laborando a la fecha de vigencia de la norma ( 06 de Ene

Reglamentan bonificacion por escolaridad 2019

Dictan  disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad DECRETO SUPREMO  Nº 002-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del párrafo 1 del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público fija, entre otros conceptos, el monto de la Bonificación por Escolaridad; Que, el literal b) del párrafo 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, fija la Bonificación por Escolaridad hasta por la suma de S/ 400,00 (CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220; el personal de la salud al que se refiere el párrafo 3.2 del artículo 3 del

Bonificación por escolaridad 2018 ¿ Es Obligatorio?

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La Bonificación por escolaridad en el sector Privado ¿ Es el pago obligatorio? No. El pago de un bono por escolaridad en las empresas privadas no es obligatorio. ¿ De que depende entonces? Su pago  dependerá de dos situaciones : 1.- La voluntad que tenga la empresa  o 2.- El acuerdo al que haya llegado con sus trabajadores ,con algunos de ellos o con el sindicato  , si es que existiera. Obligatorio ¿' Cuando se vuelve obligatorio?  Si la empresa entrega el bono por escolaridad a sus trabajadores por dos años consecutivos, este pago en adelante se volverá obligatorio. “La jurisprudencia de la Corte Suprema establece que cuando un beneficio se otorga por lo menos durante dos años consecutivos, pasa a ser obligatorio. El beneficio se adquiere por la repetición de la conducta del empleador, eso genera el derecho al pago. Algo que debe saber : En las empresas privadas el pago del bono por escolaridad suele realizarse desde el año en que el hijo del trabajador empi

Manual la escolaridad 2018

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Documento en formato PDF 35 Paginas Contenido Nociones Generales Concepto Un tratamiento particular en el Perú Asignación familiar y escolaridad La escolaridad es un concepto no remunerativo Remuneración Conceptos no remunerativos Sector Privado A.- Tratamiento laboral Concepto La obligación Norma legal expresa Inicio del derecho Percepción Monto Requisitos Base de cálculo beneficios laborales y aportes sociales Condicionantes Oportunidad de pago Formalidad Sustento del gasto Origen del otorgamiento Por iniciativa del empleador Por acuerdo en negociación colectiva El caso del régimen construcción civil La escolaridad en la planilla electrónica La escolaridad en la  Boleta de pago B.- Tratamiento tributario Afecto a descuentos La Bonificación extraordinaria del 9 % Gasto deducible Infracciones y sanciones Modelos y formatos Normas laborales relacionadas  Sector Público Obligación Monto Oportunidad de pago Servidor con derecho Servidores excluidos Requisitos para su percepc

Bonificación por escolaridad 2018

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Norma : D.S. 002-2018-EF Publicado : 10/01/2018 _____________________________________________ Se ha reglamentado el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad ascendente a S/.400.00 a favor de funcionarios y servidores, nombrados y contratados bajo el régimen laboral público, de los obreros permanentes y eventuales del sector público, del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, así como de los pensionistas a cargo del Estado. Conviértase en seguir del blog legislación laboral Reciba en su correo personal   novedades de legislación laboral comentada y analizada de la manera mas ágil y directa posible. Ingrese aqui __________________________________________ EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 2 de la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público fija, entre otros conceptos, el monto de la Bonifi