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Mostrando las entradas etiquetadas como Ley procesal del trabajo

Ley que optimiza el Recurso de Casación Laboral

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  Modificacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo   Por  Ley 31699 (pub. 1-3-23) se busca   optimizar el recurso de casación en la Nueva Ley Procesal del Trabajo.  Lo que debe saber :  La vigencia  de estos cambios dispone  es a partir de los 60 días contados desde el 1-3-23. - Los procesos laborales iniciados antes de la vigencia de la presente ley adecúan su trámite a este si no han sido sentenciados en segunda instancia. Modificaciones     en Casación Laboral   Momento   El recurso de casación se interpone contra las  sentencias o autos que ponen fin al proceso, expedidos por las salas superiores como  órganos de segundo grado.  Medida económica   En caso de sentencias que obliguen a dar suma de dinero, el monto total reconocido en ella debe superar las 500 unidades de referencia procesal.  Plazo resolver casación   La sentencia casatoria se expide dentro del plazo de 10 días hábiles luego de finalizada la  audiencia.  El recurso de casación se resuelve con el voto conforme de cua

Res Adm. 152-2018-P-CE-PJ

Documentos de gestión de aplicación obligatoria en las Cortes Superiores de Justicia en las que esté implementada la Nueva Ley Procesal del Trabajo Norma: Res Adm. 152-2018-P-CE-PJ Publicada   : 14/10/2018 ========================= Mediante la Res Adm. 152-2018-P-CE-PJ  se han aprobado diversos documentos de gestión cuya aplicación será obligatoria a partir del 1-1-2019 en todas las Cortes Superiores de Justicia en las que esté implementada la Nueva Ley Procesal del Trabajo. ¿Cual es la finalidad?  Esto con el  fin de establecer en forma clara y precisa las funciones específicas en la tramitación de los expedientes, de los jueces y personal que laboran en los Módulos Corporativos Laborales, con lo cual se permitirá alcanzar la eficiencia y eficacia en el desarrollo de las actuaciones procesales. ¿ Cuales son esos documentos de gestión? Los documentos de gestión aprobados son los siguientes:  Manual de Procedimientos y Flujogramas de los procesos ordinario y abreviado tr

Jueces podrán cambiar demanda laboral en favor del trabajador

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Pleno Nacional Laboral 2013 Los magistrados de 32 Cortes Superiores en el Pleno Nacional Laboral 2013 y dispusieron tres acuerdos que favorecen al trabajador en los nuevos juicios laborales ¿ Para que sirve el Pleno Nacional Laboral ? El Pleno Nacional laboral sirve para  fijar criterios generales de cómo se deben resolver los juicios laborales.  Unión de criterios lo llaman. 1.- Modificación de una demanda a favor del trabajador La demanda presentada por un trabajador  pueda ser modificada en la Audiencia de Juzgamiento en el proceso laboral que se sigue contra cualquier empresa. ¿ Y los derechos del Empleador ? Existe una posición discrepante de algunos magistrados, quienes afirmaron que tal modificación a la demanda no era posible, ya que se afectarían los  derechos de defensa (a ser oído y otros) y de contradicción (que garantiza que existan dos posturas en conflicto, conocidas por cada uno de los litigantes- trabajador  y empresa- para que el juez decida sobre una d

Nueva Ley Procesal del Trabajo Ley 29497

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Desde el 03 de Setiembre 2012  en los juzgados Laborales del Lima Norte Según el cronograma de implementación gradual de la Ley 29497 , conocida como " La Nueva Ley Procesal del Trabajo " , esta se aplicara desde el 03 de setiembre del 2012 en los juzgados Laborales de Lima Norte. Para recordar : Desde el 02 de Julio 2012 se viene aplicando dicha Ley , en los juzgados laborales de Lima Sur. Ley 29497 Nueva Ley Procesal del trabajo ¿ Que novedades trae esta Ley ? A parte de la "Oralidad en los procesos " , el uso de medios tecnologicos modernos y la busqueda que los litigios laborales sean de corta duración ( En promedio 06 meses ) , presenta las siguientes novedades mas resaltantes , si usted es Empleador debe tomar nota de esto: Conflictos por prestación de servicios 1.- Comprende todo conflicto nacido de una prestacion personal de servicios , sea de naturaleza laboral, formativa , cooperativista y tambien el servidor publico 2.- Se incorporan nueva