No hay utilidades por perdidas económicas en la empresa

¿ Que pasa si la empresa argumenta la existencia de perdidas y por lo tanto no habrá  pago de utilidades?



La distribución de las utilidades en el ejercicio económico de la empresa se basa en el concepto de renta anual antes de impuestos.

Para responder debemos conocer el concepto de renta anual antes de impuestos

Renta Anual antes de impuestos

Se entiende por renta anual antes de impuestos el saldo de la renta imponible del ejercicio gravable que resulte después de haber compensado pérdidas de ejercicios anteriores .
Base legal : D. Leg. 892, art. 4




La Ley 22273 (Púb. 15-8-2006) ha precisado: 
“Que el saldo de la renta imponible a que se refiere el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 892 es aquel que se obtiene luego de compensar la pérdida de ejercicios anteriores con la renta neta determinada en el ejercicio, sin que ésta incluya la deducción de la participación de los trabajadores en las utilidades”. 

El impuesto a la renta de tercera categoria

La empresa todos los años debe declarar ante la SUNAT  las ganancias obtenidas , esto mediante el pago del impuesto a la renta.
Si en dicha declaración indica que hubo perdidas y por lo tanto no puede realizar la distribución de utilidades , debe demostrar tal situación.

Una visita inspectiva de trabajo
Si los trabajadores dudan de dicha situación , y no pueden obtener información valida sobre el resultado del ejercicio económico del periodo en el cual se debio realizar la participación en la utilidades , les queda el camino de la visita inspectiva por la SUNAFIL.

Solo de esta forma se sabra realmente si la empresa esta en falencia económica.


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