Remuneración Mimina Vital en el Perú

La Remuneración Minima Vital ( R.M.V. ) ,es el monto mínimo que debe percibir diaria o mensualmente un trabajador que labora por lo menos cuatro horas diarias en promedio y está sujeto al régimen laboral de la actividad privada , esto como pago por los servicios prestados como resultado del contrato de trabajo.

En consecuencia el Sector Público no recibe remuneración minima vital

En el Perú existen dos regimenes de aplicación de este beneficio:

1.- Regimen General
La RMV se aplica en todo el país y se reajusta periódicamente mediante Decreto Supremo
(D.S. 54-90-TR, art. 8).
En consecuencia el actual monto de S/ 675.00 mensual es aplicado de manera general.Pero existe un regimen especial

2.- Regimen Especial
Este rubro esta conformado por algunos regimenes laborales especiales :
a.- Minero
b.- Periodista Profesional
c.- Remuneración por trabajo nocturno ( Aunque no es un regimen laboral , mas bien es una condición de trabajo ).

Incremento de la RMV : Segundo tramo
Por disposición del articulo 24 de la Constitución Politica del Estado ,todo incremento de la RMV debe ser aprobado por el Consejo Nacional de Trabajo.

En consecuencia , es un paso previo para autorizar el nuevo incremento anunciado por el actual gobierno.

Lo que debe saber :
El incremento de la RMV beneficiara a 630 mil trabajadores a nivel Nacional

El estudio realizado por el Ministerio de Trabajo sobre impacto del primer tramo  ha demostrado que el salario minimo deberia fijarse en mas de S/ 800.00
Sin embargo , no hay voluntad del gobierno de llegar a dicho monto.

Lo que si existe es una formalidad , algo asi como estar " atrapado en una promesa electoral , donde lo tecnico ( el informe del mismo gobierno), se tiene que adecuar a lo politico".


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