Registro programas de capacitación




Para promover el desarrollo del capital humano a través de la capacitación de los trabajadores, se ha emitido la Ley 29498 (Ley de Promoción de la Inversión en Capital Humano con vigencia a partir del 1-1-11), a la que complementa la R.M. 338-2010-TR (pub. 31-12-10)

El beneficio establecido es de carácter tributario.
Se prevé que las sumas destinadas a la capacitación del personal pueden ser deducidas como gasto hasta por un monto máximo equivalente a 5% del total de los gastos deducidos en el ejercicio (Ley, art. 2).

Se entiende por capacitación toda acción realizada por los empleadores destinada a incrementar las competencias laborales de los trabajadores, a fin de coadyuvar a la mejora de la empleabilidad y de la productividad de la empresa (R.M., art. 2.1).


Los empleadores deben presentar el Programa de Capacitación (que contiene las actividades de capacitación y datos de la empresa) al MTPE en enero del año siguiente a su ejecución, a través de un sistema virtual en el portal del Ministerio y sin costo alguno
(Ley, 2da. Disp. Compl, y R.M., art. 5).

El Ministerio de trabajo ya tiene en funcionamiento dicho registro.
Puede acceder al mismo a traves del siguiente link:

http://www.mintra.gob.pe/REGISTROCAPACITACION/


Comentarios

Vea tambien ...

Licencia o permiso por fallecimiento de un familiar directo .

Cas : Ley 29849

Presentación de la solicitud de Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta

Suspensión de retenciones : Rentas de cuarta categoria 2012