D.S. 017-2011-TR



Decreto supremo que modifica el D.S. 009-98-TR para optimizar la utilización de los remanentes a cargo de FONDOEMPLEO.


Publicado :28/10/2011


Vigencia : 29/10/2011

Descargar norma Decreto Supremo Nro 017-211-TR



Para recordar

El articulo 3 del Decreto Legislativo 892 ( modificado por Ley 28756) establece que los remanentes originados luego del reparto de las utilidades , seran orientados a la capacitación a traves de un fondo , en las regiones donde se haya generado el remanente ( salvo Lima y Callao) , asi como a proyectos de inversión pública.


El D.S. 009-98-TR ( reglamento del D. Leg. 892 ) , señala que dicho remanente destinado al FONDOEMPLEO ( Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo) .


En el caso que una región genere remanentes superiores a 2,200 UIT , el exceso sera destinado a los gobiernos regionales para el financiamiento de obras de infraestructura vial


Lo nuevo :


Se modifIcan los articulos 8,9,10,12,14 y 15-A del D.S. 009-98-TR


Dichos cambios sirven para incluir a los programas de emprendimiento y otros que se deternminen en el marco de los programas de fomento del empleo ( Vamos Perú , trabaja Perú y Jovenes a la obra ) y mejora de la empleabiliadad del Ministerio de Trabajo y para la capacitación en derechos fundamentales laborales a los trabajadores. ( una puerta para financiar sus seminarios gratuitos ).

Comentarios

Vea tambien ...

Licencia o permiso por fallecimiento de un familiar directo .

Cas : Ley 29849

Presentación de la solicitud de Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta

Suspensión de retenciones : Rentas de cuarta categoria 2012